De nuevo Aragón es pionero en cuanto a resoluciones sobre cláusulas suelo, más concretamente sobre las rebajas voluntarias que los bancos ofrecieron masivamente a sus clientes desde que el Tribunal Supremo (TS) las declaró nulas. El Juzgado número 1 de Tarazona ha dictado la primera sentencia de anulación de estos contratos privados, que se conozca. No es la única, pero si la primera ya firme.

Ha sido la jueza sustituta Rosa Ara quien dictó el pasado mes de junio esta resolución, que devino firme a comienzos de este mes, al no recurrirla Ibercaja.

El caso hace referencia a una hipoteca de 147.000 euros suscrita por una pareja en el 2007, a 35 años vista, por entonces con la CAI. Tras la sentencia del Supremo, el banco les llamó en abril del 2014 para ofrecerles rebajar su interés mínimo del 4,50% al 2,75%, y la pareja, con el marido en paro, aceptó.

Estos ofrecimientos llegaron masivamente tras la sentencia anulatoria, ahora en manos de Europa -que debe decidir si se anulan desde la sentencia o desde su origen-, y normalmente incluyen dos puntos básicos: un compromiso de no reclamar judicialmente y un texto manuscrito del estilo «entiendo que mi interés no bajará del X%», para cumplir las exigencias de información y transparencia del TS.

Aún así, la pareja reclamó, asistida por el bufete zaragozano Independencia 24. Y la jueza acabó por anular no solo la cláusula inicial, siguiendo escrupulosamente la doctrina del Supremo, sino el contrato nuevo de rebaja voluntaria.

Razona, en resumen, que las mismas condiciones de falta de información se dan en el nuevo documento, redactado «unilateralmente» por la entidad, sin capacidad de negociación. Y la cláusula suelo, «siendo nula de pleno derecho, no puede ser objeto de integración, moderación, novación o confirmación alguna».

Por ello condena al banco a devolver lo indebidamente cobrado desde el 9 de mayo del 2013 -sentencia del TS- y a abonar las costas del proceso.

GENERALIZACIÓN

El fallo del juzgado turiasonense es el primero que ya es firme, y como tal no se puede recurrir, pero no es el único. El mismo despacho ha recibido al menos otra sentencia anulatoria, esta sí recurrida, del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Zaragoza.

En esta ocasión la demandante se surrogó a una antigua hipoteca, que luego amplió tras separarse de su pareja y quedar como única propietaria. En cualquier caso contaba con un suelo del 3,5% que luego rebajó al 2,5%. Pero reclamó, y la la jueza Begoña Miguel le dio la razón, a expensas de lo que diga la Audiencia Provincial tras el recurso del banco.

Con parecidos razonamientos que el anterior fallo, la jueza refleja que no puede modificarse lo que es nulo. Y lo apuntala con las declaraciones del propio director de la oficina bancaria, que explicó como testigo que la rebaja es un documento «formalizado por la entidad», «bastante estandarizado» y en cuya firma el cliente «no está asesorado».

Esto, para la magistrada Begoña Miguel, «evidencia que la actora -la clienta- no tiene capacidad de negociación, que ha sido redactado por los servicios jurídicos de la entidad tratando de burlar o atender a los requisitos de la jurisprudencia del TS sobre la materia, en aras de salvar las controvertidas cláusulas suelo de sus préstamos.

En ambas sentencias se cita como precedente la sentencia de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Zaragoza, del pasado mes de marzo, que como adelantó EL PERIÓDICO suspendía cautelarmente el cobro de una de estas rebajas voluntarias. Era un paso previo, ya que eran medidas provisionales en espera de juicio, pero adelantaba la postura de la Audiencia que, por ahora, está prevaleciendo.