La empresa Kimberly Clark, que cerró su planta de Calatayud hace cinco años, tendrá que indemnizar con 220.000 euros a 11 de los más de 200 trabajadores que despidió en mayo del 2013 por incumplir una de las cláusulas que recogía el expediente de regulación de empleo (ERE) que aplicó y que supuso la clausura de la fábrica de pañales. Así lo establece una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) contra la que no cabe recurso.

El fallo judicial señala que en el ERE aplicado por la multinacional aparecía un apartado que establecía que «si en el plazo de tres años Kimberly Clark pusiese en funcionamiento un nuevo centro productivo en España, o en cualquiera de sus centros actuales en España fuera necesario contratar nuevos empleados, los trabajadores afectados por el ERE tendrán preferencia respecto de posibles candidatos para ser contratados». Para ello se acordó que la compañía debería de comunicar la existencia de un proceso de contratación a la oficina del Instituto Aragonés de Empleo (Inaem) en Calatayud.

En mayo del 2015, la empresa remitió a este instituto determinadas ofertas de trabajo para su planta de Doñinos (Salamanca). Acto seguido, el Inaem trasladó a Kimberly Clark «la candidatura de varios trabajadores, cuyo perfil encajaba en el de los puestos ofertados, previo requerimiento a estos de la entrega de sus currículum», explican desde CCOO en un comunicado.

Sin embargo, la empresa «ni siquiera los citó» para concertar una entrevista porque la compañía alegó que «las contrataciones en Salamanca requerían la previa prestación de servicios en aquella planta, lo cual excluía a cualquier operario de Calatayud», añade la organización. Este fue el motivo por el que CCOO en Aragón exigió el cumplimiento de lo pactado. Ante la negativa de la compañía, según señala el sindicato, se interpuso una demanda judicial que ahora acaba dando la razón a 11 trabajadores.

«La sentencia resultante del proceso nos ha dado la razón obligando a la empresa al abono de una indemnización adicional a la percibida en el ERE a 11 trabajadores que decidieron adherirse a la demanda. La cantidad global que percibirá el conjunto de los trabajadores supone unos 221.000 euros», confirman desde el propio sindicato. Esta cantidad no será igual para cada trabajador, ya que dependerá de la categoría profesional y de la antigüedad de estos extrabajadores.

Uno de ellos es Antonio Sánchez, expresidente del comité, que recibió con satisfacción la sentencia del TSJA. «Se incumplió el acuerdo del ERE y ahora nos dan la razón», zanjó.