He leído que en septiembre puede entrar en vigor ya la denominada “nueva ley de autónomos”. ¿Me podríais explicar algunas de las características que contendrá? BEGOÑA MARTÍNEZ

Hola Begoña. Las principales características de la nueva Ley, una vez sea aprobada, suponen un conjunto de medidas para mejorar las condiciones de los trabajadores autónomos en el ámbito laboral y fiscal, y podemos destacar de entre ellas las siguientes:

De entrada se amplía de seis a doce meses la cotización de 50 euros (tarifa plana) a la Seguridad Social para nuevas actividades. Además, los autónomos que trabajen desde su casa podrán deducirse como gasto el 30 % de la parte proporcional de las facturas de suministros como agua, gas, electricidad, telefonía e Internet que correspondan a los metros cuadrados de la vivienda destinados a la actividad.

También se podrá deducir en concepto de dietas y manutención la cantidad de 26,67 euros al día, si el gasto se produce en España, y de 48,08 euros si se produce fuera de nuestras fronteras. Es necesario, eso sí, que siempre que el pago esté hecho por cualquier medio electrónico para que pueda quedar acreditado. Otra novedad es que se permitirá que los autónomos se puedan dar de alta y de baja de la Seguridad Social hasta tres veces al año, pagando solo el tiempo que han trabajado.

Además los trabajadores autónomos podrán cambiar su base de cotización a la Seguridad Social hasta cuatro veces al año de modo que quede mejor adecuada a sus ingresos. Se reducirá del 20 % al 10% el recargo en caso de demora del pago a la Seguridad Social durante el primer mes.

Asimismo, la Seguridad Social devolverá de oficio los cobros extra de algunos autónomos cuando estos trabajen de forma simultánea en otro empleo por cuenta ajena como asalariados. Los beneficiarios serán aquellos que en su empleo ya coticen sobre la base máxima.

Por último -dentro de las medidas que destaco- los autónomos que tengan contratado al menos a un trabajador podrán compatibilizar su trabajo con el cobro del 100% de su pensión.

No te quedes con dudas, acude a tu gestor administrativo,

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