El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) avaló ayer los impuestos autonómicos a las grandes superficies comerciales en las comunidades de Aragón, Asturias y Cataluña para compensar el impacto medioambiental y sobre el territorio de su actividad. Los jueces europeos consideran que «ni la libertad de establecimiento ni el Derecho en materia de ayudas de Estado» se oponen a este tipo de impuestos.

La corte con sede en Luxemburgo respondió así a las cuestiones prejudiciales planteadas por el Supremo por los recursos presentados ante la justicia española por la Asociación Nacional de Grandes Empresas de Distribución (Anged), que agrupa a los grandes establecimientos de España. Esta asociación impugnó la legalidad de esos gravámenes.

La corte concluye que no supone ninguna ventaja selectiva la exoneración a los establecimientos comerciales con una superficie de venta inferior al umbral establecido, de modo que no constituye una ayuda de Estado.

El Gobierno de Aragón, que celebró ayer la sentencia aunque mostró cautela por el criterio del Supremo, puso en marcha este impuesto en el año 2005 e ingresa una media de seis millones al año.

PRECEDENTES / El sistema fue recurrido en 2016 ante la justicia española por la Asociación Nacional de Grandes Empresas de Distribución (Anged), que agrupa a las grandes empresas a escala nacional como El Corte inglés o Carrefour. El caso llegó al Tribunal Supremo que ante la duda decidió preguntar a la corte europea para aclarar si las exoneraciones previstas en los tres impuestos autonómicos son compatibles con el Tratado de la UE, suponen una restricción a la libertad de establecimiento o esconden ayudas de Estado, tal y como denuncia la patronal.

Los impuestos objeto de pelea tienen como objetivo contribuir a la protección del medioambiente y a la ordenación del territorio, intentando corregir y compensar el impacto de la actividad de los grandes establecimientos comerciales -por ejemplo derivado de los flujos de circulación- a través de la financiación de medidas en favor del medioambiente y de la mejora de las infraestructuras.

Tras su análisis, los jueces concluyen que los gravámenes no constituyen ayudas de Estado pese a que exoneran a los comercios minoristas.