La venta de viviendas de segundo mano adquiridas antes de 1994 mantendrá las ventajas fiscales actuales siempre que su precio de venta no supere los 400.000 euros. Así se desprende de la enmienda presentada por el Grupo Popular en el Senado al proyecto de ley de reforma fiscal del Gobierno. El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, ya había anticipado su intención de suavizar el hachazo fiscal que infligía su reforma para la transmisión de estos inmuebles antiguos. El camino por el que se ha optado es por el de mantener el régimen actual pero solo para transmisiones que no sumen más de 400.000 euros.

Para el presidente del Consejo de Economistas, Valentí Pich, el Gobierno parece haber optado por "un camino intermedio" entre la desaparición total de las ventajas y su mantemiento. La vía adoptada "constituye una solución aceptable para las rentas medias y bajas dado el punto de partida", interpreta.

EN LA PRÁCTICA La enmienda del Senado evitará que la venta de un piso de segunda mano que se formalice a partir del 2015 tribute decenas de miles de euros más de lo que lo haría si la transacción se produjera en los días que quedan del 2014 siempre que su precio de venta no pase de 400.000 euros. Este tope operará a modo de línea de descuento por contribuyente para todas las operaciones que realice a partir del 1 de enero del 2015. Es decir, si en el 2015 vende un piso de más de 20 años por 200.000 euros, se podrá beneficiar del régimen fiscal actual, más benigno. Si en el 2018 ese mismo contribuyente vende otro inmueble adquirido antes de 1994 por 300.000 euros, podrá aplicar los coeficientes reductores a los 200.000 euros que quedaban en su línea de descuento, no a los 100.000 restantes.

Todos estos cambios (de la reforma fiscal y las posteriores enmiendas) no afectan a la venta de una vivienda habitual cuyos ingresos se destinen a la compra de otra. En estos casos las plusvalías siempre están exentas de tributación. Tambien seguirá sin tributar la plusvalía derivada de la venta de una vivienda habitual por una persona mayor de 65 años o un discapacitado, aunque la ganancia no se reinvierta en otro inmueble.

Salvo estas dos excepciones, la plusvalía por la venta de un inmueble tributa en el IRPF como ganancia de capital. Eso no cambia en la reforma que entra en vigor el 1 de enero. Lo que sucede es que, con el régimen actual, la ganancia generada por la venta de un piso anterior a 1994 se ve minorada por los llamados coeficientes de abatimiento, procedentes de una antigua y compleja normativa fiscal. Estos coeficientes permiten reducir en el 11,1% por año la parte de la plusvalía proporcional al periodo entre la fecha de adquisición de la vivienda y el 2006.

En la reforma fiscal presentada por el Gobierno desaparecían esos coeficientes de abatimiento (que también existen para la venta de acciones y de participaciones en fondos de inversión).

Si un inmueble adquirido en 1980 por 9.000 euros se vende ahora por 245.000 generará una ganancia de 236.000 euros. Si la venta se formaliza antes del 31 de diciembre, habrá que tributar 15.359 euros por esta plusvalía (después de aplicar los coeficientes de inflación y de abatimiento). Según el proyecto de ley inicial del Gobierno, si la operación se formalizara a partir del 1 de enero próximo, la factura fiscal sería de 55.520 euros (40.161 euros más). Ahora, con la enmienda presentada por el PP, se conservará la mayor parte del ahorro actual, pues al no superar el precio de venta los 400.000 euros se aplicarán los coeficientes de abatimiento.

Sin embargo, el Gobierno se mantiene firme en su decisión de suprimir los coeficientes correctores de la inflación que, en el sistema actual, permiten actualizar el precio de compra en función de la inflación acumulada desde la adquisición del inmueble hasta el momento de la venta.