El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha dictado cuatro sentencias contra otros tantos ayuntamientos de Euskadi por expedir el documento de declaración de la nacionalidad vasca, conocido como el DNI vasco. El tribunal lo considera "ilegal" y condena a los ayuntamientos de Usurbil, Astigarraga (Guipúzcoa), Dima y Munitibar (Vizcaya) a pagar las costas.

El abogado del Estado argumentó en sus recursos contra estos cuatro municipios que la actuación municipal de estos ayuntamientos no tiene cabida ni en la Constitución, ni en el Estatuto de Autonomía. En la primera, porque en su artículo 149.1.2 atribuye al Estado competencia exclusiva en materia de nacionalidad y en el artículo 149.1.8 , le atribuye la competencia exclusiva en la ordenación de registros e instrumentos públicos.

"LEGITIMACION DEL ESTADO" Explica también que el DNI se erige en un "verdadero documento de legitimación de Estado" y puntualiza que la "expedición" de documentos de esta naturaleza viene reservado "en exclusiva" al Estado "sin interferencias" ni de las Comunidades Autónomas, ni de los municipios.