La fiscalía de la Audiencia Nacional busca la fórmula para suspender cautelarmente de actividades a las organizaciones Asamblea Nacional Catalana (ANC) y Òmnium Cultural, al entender que, aunque ellas no sean ilícitas, sí se están utilizando sus estructuras para tales fines, según informaron a este diario fuentes fiscales. Los presidentes de ambas entidades, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, están en prisión desde el pasado lunes por un delito de sedición.

La vía que por el momento cuenta con más visos de ser finalmente la acordada por la fiscalía es plantearlo ante la jueza de la Audiencia Nacional Carmen Lamela para que la acuerde en el procedimiento abierto por sedición. El artículo 33 del Código Penal prevé entre las penas aplicables a personas jurídicas la suspensión de actividades, la clausura de locales y la prohibición de realizar las actividades "en cuyo ejercicio se haya cometido, favorecido o encubierto el delito".

La sedición no forma parte del listado de delitos imputables a personas jurídicas, pero eso no impide que se puedan adoptar medidas contra ellas si se considera que en su seno se ha cometido alguno, aprovechando sus estructuras o su financiación. De esta forma se podría conjurar el riesgo de reiteración delictiva.

Que no se las pueda imputar ese delito dificulta, en cambio, otras iniciativas como el bloqueo de sus cuentas y activos propuesto por la Guardia Civil en el último informe remitido a la Audiencia Nacional en el que detallaba la actuación de los Mossos los días 20 y 21 de septiembre, cuando las movilizaciones encabezadas por Sànchez y Cuixart obstaculizaron la labor de la comisión judicial enviada por el Juzgado de Instrucción número 13 de Barcelona. El documento detallaba la actividad realizada hasta el 1 de octubre, cuando se celebró el referéndum ilegal.

Antecedentes

Hasta ahora la Audiencia Nacional solo ha acordado la suspensión de actividades de organizaciones del entorno de ETA, como ANV o el PCTV, pero esos casos no planteaban la dificultad del actual porque se consideró que ellas también eran terroristas, lo que facilitaba la actuación cautelar contra ellas. En el caso de Òmnium Cultural y de la ANC habría que determinar que han sido utilizadas para los fines ilícitos perseguidos para proceder a su suspensión de actividades por la vía penal.

Los expertos consultados consideran que serían de aplicación los capítulos del Código Penal relativos a asociaciones ilícitas, entre las que figuran las que, "aun teniendo un fin lícito, empleen medios violentos o de alteración o control de la personalidad para su consecución" y las que "fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio" por ideología, religión, etnia o nación.

Òmnium Cultural se fundó en 1961 como entidad sin ánimo de lucro de carácter cultural y político, que trabaja para promocionar el uso de la lengua catalana, difundir la cultura y promover la independencia de Catalunya. La Asamblea Nacional Catalana es mucho más reciente. Surgió en 2012 con el objetivo de lograr la independencia.