El Tribunal Supremo ha decidido, por tres votos a dos, rebajar la condena impuesta a Arnaldo Otegi de 10 años de prisión por pertenencia a ETA en grado de dirigente a seis años y seis meses por ser miembro de la organización terrorista. Los jueces también reducen la pena al exsecretario del sindicato LAB Rafael Díaz de Usabiaga y a los otros tres condenados por intentan reformar la ilegalizada Batasuna con el nombre de Bateragune, pero consideran que la nueva propuesta defendida por la izquierda aberzale que aboga por las vías pacíficas para solucionar el conflicto vasco responde a una estrategia de la banda criminal.

La sentencia no da ninguna credibilidad a las explicaciones de Otegi, que en la vista celebrada en la Audiencia Nacional aseguró que optó por crear un grupo para romper con la banda terrorista, porque el exlíder de Batasuna "no ha condenado nunca la violencia armada" durante los meses en los que "los atentados de ETA se solaparon con la actividad política del procesado". Asimismo, los jueces afirman que la banda terrorista utilizó a Otegi como "su brazo ejecutor" cuando ETA decidió dar "preponderancia a su estrategia política" y subrayan que el dirigente aberzale ocupó un "papel relevante" en la formación de Bateragune, ya que captó "a jóvenes para que dieran relevo generacional" a este proyecto. A pesar de ello, los magistrados estiman ahora que ni Otegi ni Díaz de Usabiaga son dirigentes de la organización terrorista.

Voto particular

La sentencia cuenta con el voto particular de los jueces Miguel Colmenero y Jorge Alberto Barreiro. El primero iba a ser el encargado de redactar este fallo, pero finalmente el ponente de la resolución ha sido el presidente de la sala penal, Juan Saavedra. Colmenero era partidario de anular este juicio por falta de imparcialidad de la magistrada de la Audiencia Ángela Murillo, que cuestionó la credibilidad de un testigo. Por su parte, Barreiro era partidario de la absolución.

Otegi y Díaz de Usabiaga están en prisión desde octubre del 2009. Por ello, no cumplirán la totalidad de esta condena hasta el 2016. Sin embargo, a los cuatro años y medio (es decir, en el 2014) podrían quedar en libertad condicional y acceder al tercer grado al haber cumplido la mitad de la pena. No obstante, el Tribunal Constitucional puede resolver antes de que se cumplan estos plazos la previsible demanda de amparo. Además, la nueva condena inhabilita a Otegi para ejercer un cargo público hasta el 2020.