La Justicia colombiana ha establecido que las empresas tienen derecho a hacer las pruebas de alcoholemia a sus trabajadores en su puesto de trabajo. La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia ha señalado en una sentencia que esa prueba puede realizarse in situ sin que sea necesario que el empleado vaya al instituto de Medicina Legal, según informó el diario 'El Colombiano'.

En el dictamen, el tribunal recordó que en determinados sectores de producción y en ciertas empresas, "el hecho de presentarse al trabajo en estado de embriaguez puede tener mayores niveles de gravedad, por el alto riesgo que entraña para la seguridad de las personas y de los bienes de la empresa". Además, el texto señala que "resulta apenas legítimo que el empleador pueda mantener dispositivos que le permitan auscultar dicha situación, dentro de una política válida de prevención y control de la accidentalidad".

Para la Corte en caso como pilotos, cirujanos o conductores de vehículos "es claro que una alteración de sus condiciones físicas e intelectivas normales, no solo pone en riesgo su propia integridad, por la cual debe velar la empresa, sino la de la empresa y la de la comunidad misma".

ACCIÓN NO INVASIVA

El tribunal señala que el trabajador “debe asumir el uso de los dispositivos para medir el grado de embriaguez etílica como una carga legítima, no invasiva de sus derechos fundamentales, previamente concebida y que tiene fines adecuados y razonables, como la seguridad de todos los trabajadores y la prevención de la accidentalidad".