La Mancomunidad del Bajo Gállego ha elaborado un reglamento de ayudas de urgencia y otro para regular los servicios de ayuda a domicilio.

En el primero de los casos, las ayudas se destinarán a personas individuales o unidades familiares, quienes deberán destinar las ayudas concedidas a gastos derivados de la vida cotidiana (mobiliario básico, alimentación, higiene, vestido, calzado, entre otros). También se completan otras situaciones, como ayudas excepcionales destinadas a reparaciones extraordinarias necesarias para mantener la vivienda en condiciones de seguridad, higiene y salubridad.

Los baremos se establecerán según los ingresos anuales de la unidad convivencial, que no podrán superar el Iprem (indicador público de renta de efectos múltiples) anual incrementado en un 20% por cada miembro de la misma unidad familiar. Todos estos datos serán contrastados y valorados para aprobar, o no, las ayudas que se solicitan.

El segundo de los reglamentos aprobados es el que regula los servicios de ayuda a domicilio, una prestación de los servicios sociales que proporciona un conjunto de atenciones orientadas a facilitar un entorno de convivencia adecuado y tiene como objetivo la prestación de una serie de atenciones a las personas y, en su caso, a las familias en su domicilio, con especial atención a las personas en situación de dependencia.