Aragón
Miércoles 10 Febrero 2010
23/01/2003 J. M. PEREZ BERNAD

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha revocado la sentencia de un tribunal del jurado que interpretó como delito de coacciones el secuestro de dos mujeres en su domicilio en la urbanización de Montecanal en agosto del 2000. El veredicto, que provocó polémica en medios jurídicos, supuso para el acusado, Julián David Gracia, penas que sumaban cerca de tres años de prisión, que ahora se elevan a nueve.
El joven, tras robar un coche en la zaragozana calle del Reino, asaltó el 9 de agosto un chalet de la citada urbanización donde intimidó a las dos mujeres que se encontraban en la vivienda para robar. Al conseguir un botín reducido se puso en contacto con el marido de una de las víctimas y exigió un rescate de dos millones de pesetas por no hacerles daño. Las mujeres fueron rescatadas tras permanecer varias horas atadas y el secuestrador fue detenido la tarde de ese mismo día cuando regresó al domicilio de las víctimas.
En el juicio celebrado el pasado mes de junio, el tribunal del jurado aceptó la tesis de la defensa y estimó que no había existido detención ilegal y que los hechos se reducían a un delito de coacciones, más dos de allanamiento de morada y otros por los que se le impusieron penas de menos de tres años, lo que provocó su puesta en libertad un mes más tarde.
RECURSOS Contra la sentencia recurrieron el fiscal y el abogado de la acusación particular, Alfonso Bayo, por considerar que se había producido un "quebrantamiento de normas y garantías procesales" y una "infracción de precepto legal en la calificación jurídicas de los hechos".
Aunque los recursos fueron impugnados por el letrado de la defensa, Javier Notivoli, el TSJA ha estimado las apelaciones de las acusaciones al considerar que "los jurados son legos en derecho" para valorar jurídicamente unos hechos delictivos que ellos admiten que se produjeron en el veredicto.
En opinión del tribunal, se trata de un secuestro de libro , "que se consuma desde que se pide el rescate", aunque no puede imponerse la pena correspondiente al mismo para no vulnerar el principio acusatorio, pero sí se entiende que los hechos juzgados son constitutivos de dos delitos de detención ilegal, por los que impone tres años de prisión por cada uno, manteniéndose las condenas por las otras infracciones juzgadas.
Tras salir en libertad condicional, Julián David Gracia fue detenido pocas semanas más tarde por el robo de un coche e ingresó en prisión preventiva, en la centro de Zuera, donde continúa actualmente al hacerse firma otras sentencia condenatoria de dos años por la agresión y las lesiones causadas a un funcionario cuando se encontraba recluido en la cárcel de Daroca.
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