Tema del día
Miércoles 10 Febrero 2010
19/08/2008 E. B. D.

Los miembros del Gobierno de Aragón --presidente, vicepresidentes y consejeros-- podrán, mientras formen parte del Ejecutivo autonómico, poseer hasta el 10% de acciones de las empresas que contraten con la DGA, según el proyecto de ley del Presidente, recién remitido a las Cortes.
El artículo 33 del proyecto señala que "los miembros del Gobierno no podrán tener, por sí o con su cónyuge, sea cual sea el régimen económico matrimonial, o persona que conviva en análoga relación de afectividad e hijos dependientes o personas tuteladas, participaciones directas o indirectas superiores a un 10% en empresas en tanto tengan conciertos o contratos de cualquier naturaleza, con el sector público de la comunidad autónoma".
El proyecto da una nueva redacción --más clara-- a este precepto, ya incluido en la vigente normativa y a la que el nuevo texto añade que si poseen una participación superior al 10% al ser designados "deberán desprenderse" del sobrante en dos meses. En el caso de que la recibieran "por sucesión hereditaria o donación durante el ejercicio del cargo", el plazo se amplía a seis.
Este artículo, que regula las actividades vetadas a los miembros del Consejo de Gobierno, está incluido en el capítulo de incompatibilidades y se complementa con una disposición adicional que extiende ese régimen a los altos cargos: viceconsejeros, secretarios generales técnicos, directores generales, asimilados y delegados territoriales. Ninguno podrá desempeñar "cualquier mandato representativo popular" y todos deberán efectuar una declaración patrimonial y de actividades económicas que "se inscribirá en un registro específico que se custodiará en la Presidencia del Gobierno".
Los miembros del Gobierno tendrán dedicación exclusiva y únicamente podrán compatibilizar esa actividad con las derivadas de sus escaños en las Cortes --e hipotéticamente con el de senador-- "y las que autorice la ley". Estas son los cargos institucionales como miembros del Gobierno, la colaboración con fundaciones públicas, "el desarrollo de misiones temporales de representación" internacional o la actuación en nombre de la Administación autonómica "en toda clase de órganos colegiados y en los consejos de dirección y administración de organismos públicos y empresas del sector público de Aragón".
"La única retribución que podrán percibir (los miembros del Gobierno) por el desempeño de su función será la que corresponda con cargo a los presupuestos de la comunidad autónoma", aunque sí podrán cobrar, "por los indicados cargos o actividades compatibles, las dietas, indemnizaciones o asistencias que les puedan corresponder". En este punto, el proyecto de ley mantiene una limitación: "no se podrá pertenecer a más de dos consejos de administración de dichos organismos o empresas a no ser que medie autorización específica del Gobierno estrictamente justificada en razón del cargo".
El capítulo de incompatibilidades permite a los miembros del Gobierno "la mera gestión del patrimonio personal y familiar" --lo que supone mantener el veto a que gestionen firmas privadas--, participar en entidades culturales o benéficas sin ánimo de lucro, la "producción y creación" intelectual siempre que no incluya una relación laboral o suponga un menoscabo del estricto cumplimiento de sus debetres", además de, obviamente, "el ejercicio de actividades y cargos en partidos políticos".
También deberán efectuar una "declaración patrimonial comprensiva de todos sus bienes, derechos y obligaciones, y de cualquier actividad que les produzca ingresos, referida al momento en que tomen posesión de del cargo y al día de su cese". Esta se custodiará en las Cortes.
Por último, deberán inhibirse en cualquier decisión sobre empresas que familiares suyos de hasta segundo grado hayan dirigido, asesorado o administrado "en los dos años anteriores a su toma de posesión como alto cargo". Ahora no existe limitación temporal.
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