Aragón
Miércoles 10 Febrero 2010
06/10/2009 M. F. G.
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo 1 de Zaragoza ha anulado una decisión del pleno de Villamayor que aprobó en mayo del 2008 que el alcalde cobrase dos meses de sueldo con carácter retroactivo, desde el 1 de marzo. Según difundió ayer Chunta Aragonesista, grupo que presentó el recurso contra este acuerdo plenario, la sentencia reconoce que el primer edil, Clemente Martínez, no tiene derecho a cobrar más de 6.000 euros de sueldo público por ese periodo.
La noticia fue recibida con satisfacción por la formación de izquierdas, que ejerce una dura oposición en el consistorio. José Luis Montero, portavoz del grupo, recordó que el establecimiento de un sueldo para el alcalde se llevó a la comisión gestora en abril, junto al debate de los presupuestos, y que se ha aprobó en firme el 9 de mayo, por lo que no comprendieron que Martínez cobrase por los dos meses anteriores al acuerdo plenario. Hasta entonces, las cuentas municipales no contemplaban la dedicación exclusiva por este trabajo ni su retribución, que se fijó en 42.000 euros anuales.
"No nos parece mal que cobre el sueldo, pero sí la cantidad y que sea de manera retroactiva", continuó Montero, que acusó al alcalde de "utilizar estas actuaciones para no hacer viable el ayuntamiento". El alcalde es partidario de la reincorporación de Villamayor a Zaragoza como entidad local menor después de su segregación en enero del 2006, mientras que CHA apuesta por la independencia del municipio.
Por su parte, Clemente Martínez aseguró que recurrirá la sentencia e insistió en que en marzo ya trabajaba con dedicación exclusiva para el ayuntamiento, sin querer dar más detalles. Además, criticó que el juez Juan Carlos Zapata, responsable de la sentencia, "se encarga de todo lo relativo a Villamayor".
Martínez recordó así la última decisión del magistrado respecto al municipio, en la que anulaba el acuerdo plenario por el que se aprobó el inicio de los trámites para agregar el municipio a la capital porque, a su juicio, era necesaria una mayoría de dos tercios, y no mayoría absoluta. El juez primaba así la Ley de Administración Local de Aragón sobre la Ley de Bases de Régimen Local. El alcalde también recurrió esta sentencia.
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