17/11/2009 M. V.

La Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Zaragoza tiene previsto aprobar hoy la licencia ambiental a Enagás SA para la puesta en marcha de una estación de compresión. Los técnicos municipales han desestimado todas las alegaciones efectuadas por el Ayuntamiento de Cuarte de Huerva y por la Asociación de Vecinos Santa Fe de Huerva de Zaragoza, Cuarte y Cadrete. Además, se concede licencia de obras para ampliar el edificio existente destinado al mantenimiento de la estación de compresión.
Esta planta de Enagás está situada en el punto kilométrico 9,8 de la Nacional 330. El año pasado, los vecinos de la zona se organizaron para conseguir el cierre de esta estación. El complejo comenzó a construirse en verano del 2008 y en diciembre del año pasado hizo sus primeras pruebas de funcionamiento que causaron "temor" a los vecinos de la zona por el fuerte olor a gas y al ruido generado.
El principal motivo que generó el "malestar" y el "miedo" es que la planta se encuentra a menos de 2.000 metros de los núcleos urbanos. Los vecinos se sienten "engañados" por parte de las autoridades municipales de sus respectivos ayuntamientos al considerar que se les ha escondido la construcción de este complejo.
La Gerencia de Urbanismo ha puesto prescripciones a la empresa. Entre ellas, destaca la obligación de llevar a cabo todas las actividades que produzcan ruido con ventanas y puertas cerradas o la obligatoriedad de solicitar licencia de actividad. Además, se recuerda que las instalaciones de fontanería deberán cumplir la normativa estatal sobre normas básicas para isntalaciones interiores de suministro de agua (Orden del Ministerio de Industria de 9 de diciembre de 1975). También se explicita que la licencia ambiental "no da derecho a la práctica de operaciones insalubres, peligrosas o muy incómodas para el vecindario" y que su actividad deberá adecuarse a la ordenanza municipal de Protección contra Ruidos y Vibraciones. Ahora solo queda la posibilidad de interponer un recurso de reposición en el próximo mes o un recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contra la resolución municipal.
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