Después de 24 horas de la sentencia de La manada sigo estupefacta. Son 371 folios donde se relata una violación y se concluye que es abuso sexual. Parte de lo que se escribe y el fallo son contradictorios y se crea una sentencia que perpetúa mitos de la violencia sexual y de la cultura de la violación.

La clave está en las palabras violencia e intimidación, que definen la agresión sexual. Quienes tenemos los pies en la tierra no entendemos cómo una justicia puede estar tan ciega para decir que si cinco tipos te rodean en un portal no sea considerado ni violencia ni intimidación. Pero vamos por partes.

No consideran violencia que la sujetaran de la mandíbula para la penetración bucal. Tampoco es indicativo de violencia que, en el parte de lesiones, exista solo eritema vulvar. Aquí hago una parada porque estaría muy bien que la justicia entendiera, de una vez, que no es necesario que nos desgarren la vagina para confirmar una violación. ¿Por qué? Pues aquí está la contradicción, porque la misma sentencia indica que, según estudios psicológicos, en el bloqueo de la víctima al verse rodeada, su cuerpo puede reaccionar de dos maneras: parálisis o relajación. Así que si el cuerpo se relaja para afrontar el trauma y se desconecta emocionalmente, puede no haber lesiones profundas. Lean. Está en las páginas 75 y 76.

Pero es que además dice que, en esa situación, la víctima puede reaccionar con «acercamiento o cierta amistad con el agresor, para evitar males mayores y conseguir que concluya cuanto antes».

Vamos al concepto intimidación. Los magistrados reconocen que la víctima estaba «agazapada, acorralada contra la pared por dos de los procesados, expresó gritos que reflejan dolor y no apreciamos ninguna actividad de ella; estas imágenes evidencian que la denunciante estaba atemorizada y sometida de esta forma a la voluntad de los procesados». Esto en la página 72. Tenemos un tribunal que afirma acorralamiento, temor y sometimiento... pero concluye que no hay intimidación. ¿En qué quedamos? Además reconocen que hay estrés postraumático. Eso no se genera de forma espontánea ni forzada, sino por vivir un trauma. De ahí que la víctima, bajo el bloqueo, no llore en las imágenes de los vídeos y rompa a llorar fuera del portal, en el banco, cuando la encuentra la pareja. Ahí empieza a ser consciente de lo que ha vivido y, además, de que se ha salvado de morir. Pero el derecho entiende que intimidación es solo la «amenaza de un mal», ahí queda eso.

¿Por qué escribir una cosa pero llegar a la conclusión contraria? Porque el tribunal tira de jurisprudencia (es decir, qué dicen sentencias anteriores sobre estos conceptos clave), pero sabemos que las leyes son interpretables y que ya es hora de establecer una jurisprudencia que reconozca lo sucedido.

Me temo que en esta decisión final ha influido el voto particular de Ricardo González. Tenemos un juez que bajo una relación sexual no consentida mantiene que las mujeres podemos sentir «excitación sexual». Y esto es literal. Leer su argumentación es, cuando menos, vomitivo, porque este señor no ve una violación en las imágenes, sino prácticamente una película porno. Y eso es muy grave que ocurra en la judicatura. Por mucha pornografía que hayáis visto, que cinco tíos nos rodeen para violarnos no es nuestro sueño erótico ni placentero.

Leída la sentencia la gran pregunta es... ¿y a partir de ahora que es «violencia» e «intimidación»? ¿Puede la justicia concretar con exactitud qué grado de violencia e intimidación tenemos que soportar las mujeres para que nos proteja? ¿Que nos rajen vivas? ¿Sangrar? ¿Tenemos que alcanzar un número de heridas? Tenemos derecho a saber a qué nos enfrentamos y en qué grado de indefensión estamos, si para ustedes el hecho de que cinco tiarrones nos acorralen y penetren como si fuéramos muñecas hinchables ni es violencia ni es intimidación. Es urgente concretarlo, porque mientras nos matan y violan. Sorprende leer la sentencia, y por otro, solo corrobora lo que durante años ha denunciado el movimiento feminista: la justicia patriarcal. Pero claro, hasta ahora nos han tratado de locas. El tiempo siempre nos da la razón.

Lo grave de esta sentencia es que se ha vaciado de contenido qué es agresión. Porque si el caso de La manada no lo es, entonces nada lo será. Una justicia que nos obliga a ser sometidas y violadas, o acabar muertas como Diana Quer o Nagore. Nuestra vida ni os importa. Nos habéis dejado tiradas para ser carne de cañón.

*Profesora y periodista