Seguimos reflexionando sobre Aragón. No trato de dar consejos no solicitados, sino de pensar en voz alta algunas ideas susceptibles de ser discutidas mínimamente. Presumo que el nuevo gobierno de Aragón está con las pilas cargadas y con enormes ganas de redefinir la política aragonesa. En esta segunda parte mi reflexión gira en torno a la reforma local pendiente en Aragón, tras la fallida ley del Gobierno central.

La Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la administración local (LRSAL) constituye una involución contra la autonomía municipal. Prueba de ello es la interposición de los muchos recursos de inconstitucionalidad puestos desde todos los ámbitos públicos. Es necesario otro modelo de reforma local que entienda el municipio como la base de la democracia, como la administración que presta los servicios más próximos y básicos a los ciudadanos y como el instrumento más eficaz y eficiente en la defensa del territorio, tanto productivamente como medioambientalmente. Además es el único medio para fijar la población rural. No es tiempo de experimentos creando nuevos niveles de gobierno (las comarcas) que, generando más gasto de personal y gasto corriente, no mejoran los servicios públicos al ciudadano.

En Aragón, la cobertura de servicios básicos a los municipios más pequeños, que son casi todos, solo la realiza, mejor o peor, las diputaciones provinciales, pues el Gobierno de Aragón,al menos hasta ahora, no entra en esas cuestiones. Y si existe algún solapamiento funcional es con las comarcas. ¿Para qué queremos una nueva estructura administrativa, la comarcal, sin tradición, sin personal, sin estructura, y con la práctica fundamental de repartir subvenciones a los municipios de su incumbencia? La existencia de las comarcas en Aragón, como mínimo, desorienta y confunde por el solapamiento y redundancia funcional. Las comarcas son casi especificidad de Aragón. Han sido propuestas por el PAR para consolidar su implantación territorial, y tanto el PSOE como el PP no han tenido más remedio que aceptar el chantaje, ya que ambos lo necesitaban para conformar mayorías de gobierno.

Nos podemos situar en dos escenarios:

1. Escenario en el que la Constitución Española (CE) se modifica y, como consecuencia, también se modifica el Estatuto de Aragón. En este escenario, hay que diluir las comarcas como nivel de gobierno. Además, hay que solucionar definitivamente la financiación municipal desde exigencias constitucionales y estatutarias. También hay que revisar y modificar radicalmente el funcionamiento de las diputaciones provinciales.

2. El segundo escenario es la no modificación de la CE ni del Estatuto. O, en el caso de modificación, el tiempo que transcurre hasta la modificación de ambos, que será largo, dada la dificultad de consenso existente en la actualidad. En este escenario, hay que reducir el papel de las comarcas y el de las diputaciones provinciales. La administración autonómica y los municipios deben constituir la base fundamental sobre la que opera la reforma local.

En el segundo escenario plasmado anteriormente, el más realista, deberían de tenerse en cuenta los siguientes criterios:

-- Las competencias, salvo las estatales, han de corresponder a la administración autonómica o a los municipios aragoneses como competencias propias, sin más servicios obligatorios que los demandados por los propios ayuntamientos.

-- No deben existir niveles intermedios de gobierno con competencias propias. Deben ser los propios municipios los que indiquen las bases de colaboración entre ellos, conformando así espacios de gestión voluntarios e intermunicipales.

-- La comarcalización debe reconducirse en Aragón mediante una enérgica reforma de la normativa que la regula eliminando las competencias propias de las comarcas, que han de ser distribuidas entre los municipios y la propia administración autonómica.

-- Desde esta perspectiva, la comarca ha de reconducirse hacia un simple ámbito intermunicipal de gestión de servicios municipales o autonómicos, estimulado desde la administración autonómica y las diputaciones provinciales, pero dependiente de la decisión política y de gestión de los municipios incluidos en tal ámbito.

-- Hay que modificar radicalmente la función de las diputaciones provinciales en el entramado institucional. La provincia debe asumir única y exclusivamente un papel de apoyo y asistencia a los municipios que la recaben y de estímulo de la intermunicipalidad. Las comarcas constituirán los ámbitos en que se desarrolle la cooperación provincial con los municipios.

Profesor de filosofía