¿Para qué sirven los pactos anticorrupción que firman los partidos? Al parecer, solo para arrojarse los casos unos a otros y para aplicar un doble rasero según a quién afecten. El último ejemplo es la imputación del presidente de Murcia, Pedro Antonio Sánchez (PP), investigado por la construcción de un auditorio en Puerto Lumbreras cuando era alcalde. En aplicación del pacto de investidura, que exige separar de inmediato de cualquier cargo a imputados por corrupción política, Ciudadanos pide la dimisión de Sánchez, pero el PP, en contra de su pregonada apuesta por la transparencia, responde que no se trata de corrupción sino de un «error administrativo», cuando el juez le cita por indicios de delitos de malversación, fraude y falsedad documental. Los dirigentes del PP, con Mariano Rajoy y su ministro de Justicia a la cabeza, se escudan en la defensa de la presunción de inocencia y remiten a la apertura del juicio oral el momento para que un imputado deje el cargo. Es discutible que por la simple imputación un político tenga que dimitir, pero no se pueden firmar pactos que la exijan para luego incumplirlos. En el caso de Murcia, la cuestión es más grave porque su ley de transparencia también obliga a la dimisión y Sánchez se comprometió a renunciar si era imputado. Incumple el pacto y también su palabra.

No han transcrurrido dos meses del nuevo año y ya han sido asesinadas 14 mujeres en España a manos de sus parejas o antiguos compañeros. Los dos últimos casos registrados ayer (en Santa Perpétua de la Mogoda y Gandía) comparten un elemento que agrava aún más las circunstancias de las muertes: sobre los agresores de ambas mujeres pendía sendas órdenes de alejamiento. El fracaso del sistema ha sido aquí dramáticamente manifiesto, tal como lo ha reconocido la propia fiscalía para la Violencia contra la Mujer al asegurar que «no hemos sabido valorar adecuadamente el riesgo» La vecina de Santa Perpétua había presentado denuncia dos veces y pidió orden de protección que le fue concedida... pero nada de eso evitó su trágica muerte. La figura de la orden de alejamiento -que dictan los jueces en casos de amenaza extrema- se revela como una herramienta a todas luces ineficaz si no va acompañada de medidas de seguridad y control más visibles y próximas a la persona acosada. Las actuales órdenes de alejamiento no dejan de ser un papel mojado que nunca será capaz de frenar la ira ciega de un asesino. La ley integral contra la Violencia de Género data del 2004, y aunque la lucha contra el machismo es un reto colectivo que a todos nos interpela, urge la revisión de muchos de los protocolos de esa norma que se han mostrado ineficaces, empezando por el de la orden de alejamiento.