La Plataforma en Defensa de las Tierras del Sénia mostró ayer su «satisfacción parcial» tras haber recibido la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que anula la indemnización millonaria al fallido proyecto de almacén de gas Castor, situado frente a las costas de Vinaroz (Castellón) y Alcanar (Tarragona). El movimiento social que ha luchado para desmantelar este proyecto celebra que el TC haya anulado una indemnización que, en palabras de su portavoz, Cristina Reverté, es «ilegal e ilegítima».

«La empresa concesionaria debería revertir la indemnización que ha recibido indebidamente», defendió. Reverté también reclama al Ministerio de Energía que se asegure de «la restitución del dinero abonado por los consumidores, con los intereses incluidos y con la misma urgencia que pagó la indemnización».

Por su parte, Evelio Montfort, también portavoz de la Plataforma, criticó al Gobierno porque, «en lugar de beneficiar a los que los votan, prefiere beneficiar a aquellos que les pagan las campañas electorales». Y añadió: «Con esta sentencia se demuestra que teníamos razón, pero tenemos un problema, y es que pagaremos un año más casi 100 millones de euros y ya van tres». El portavoz se refiere al hecho de que, a pesar de la resolución del TC, el día siguiente al conocimiento de la sentencia el BOE publicó, un año más, los cánones y peajes que asumen los consumidores para pagar el Castor.

Por su parte, el alcalde de Alcanar, Alfons Montserrat, se mostró convencido «de que el Gobierno central cumplirá la ley» y de que la sentencia «pone en evidencia la mala gestión del factor energético».

El TC anuló la indemnización de 1.350,7 millones de euros para las empresas promotoras del proyecto de almacén que fijaba el decreto ley de medidas del sistema gasista que el Gobierno aprobó en el 2014.

En su sentencia, el TC estimó parcialmente los recursos presentados por el Parlamento de Cataluña, el Gobierno catalán y el grupo del PSOE en el Congreso y acordó declarar «inconstitucionales y nulos» los artículos del decreto que establecían una indemnización por la suspensión de la actividad del almacén.