La Sala de Apelación de la Audiencia Nacional ha rebajado de 2 años y un día de prisión al mínimo legal de seis meses y un día la condena a los 12 miembros del grupo de rap La Insurgencia porque la organización terrorista a la que enaltecieron, los GRAPO, ya está inactiva.

La Sala de Apelación reduce así la condena impuesta por la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional y consolida la doctrina de imponer la condena mínima en los casos de enaltecimiento de bandas terroristas desmantelados o inactivos, a diferencia de lo que ocurre con grupos activos, como los yihadistas. En primera instancia, los interpretes fueron condenados a dos años y un día de prisión.

La Sala considera que los acusados ensalzaron al grupo terrorista GRAPO y a 21 de sus miembros y del PCE (r), a través de las letras de sus canciones, que publicaban en las redes sociales, donde contaban con 1.900 suscriptores y más de 400.000 visualizaciones de sus contenidos, que aparecían en fuentes abiertas, accesibles al público.

En la sentencia, de la que ha sido ponente Enrique López, se pone de manifiesto la gravedad de las expresiones contenidas en las canciones analizadas, que encajan en un discurso del odio que va más allá del derecho a la libertad de expresión y de la creación artística.