¿Puede una empresa controlar el contenido de los correos electrónicos privados de sus empleados en horario laboral? La respuesta es no, según una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, también conocido como Tribunal de Estrasburgo, salvo que la empresa avise al trabajador con antelación de la naturaleza y el alcance de la supervisión de las comunicaciones en el entorno profesional.

Bogdan Mihai Barbulescu, un ingeniero rumano en una empresa de Bucarest fue despedido el 6 de agosto del 2007. A petición de la compañía, Barbulescu creó una cuenta en Yahoo messenger para responder a las peticiones de los clientes. El 3 de julio del 2007 la empresa informó del despido de un trabajador por usar para uso privado internet, el teléfono y la fotocopiadora. Diez días más tarde Barculescu fue llamado al orden.La empresa le informó de que había controlado sus correos y de que tenía evidencias de que había hecho uso personal. La empresa le presentó 45 páginas con mensajes que se había enviado con su hermano y su novia sobre cuestiones personales, entre el 5 y el 12 de julio. El 1 de agosto lo despidieron argumentando que había vulnerado la norma interna que prohíbe el uso privado de recursos de la empresa.

Barbulescu recurrió ante los tribunales de Rumanía que rechazaron el recurso al entender que la vigilancia de sus mensajes era la única forma de saber si había una infracción disciplinaria. Tras agotar la vía nacional, el joven acudió a la corte europea de derechos humanos alegando que su despido vulneraba su derecho a la privacidad. En el 2016, en una primera sentencia, el Tribunal de Estrasburgo falló a favor del Estado rumano. La máxima instancia del tribunal le ha dado finalmente su amparo al entender que desconocía que el contenido de correos podía ser espiado.