La defensa de cuatro de los cinco miembros de La manada condenados a nueve años de cárcel por abusar sexualmente de una joven en los Sanfermines del 2016 se ha alineado en su recurso con el magistrado que se inclinó por la absolución y vio en el vídeo que grabaron los acusados sexo con «un ambiente de jolgorio». El abogado Agustín Martínez Becerra señala en el escrito, presentado ayer ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, su «absoluta adhesión» al voto particular del magistrado Ricardo González. «Resultaría osado por nuestra parte intentar mejorar el análisis de la prueba practicada» por este juez, expone el escrito al que ha tenido acceso este diario.

El recurso de José Ángel Prenda Martínez, Ángel Boza Florido, Alfonso Jesús Cabezuelo Entrena y Jesús Escudero afirma que en la sentencia solo se ha recogido la versión de la víctima, cuando esta ha ido rectificado sus palabras, a la vez que da a entender que se ha impuesto la condena por la influencia de la presión popular y el juicio mediático en torno al caso. También opina lo mismo el letrado sobre las declaraciones de algunos testigos, a los que atribuye haberse dejado llevar por el «juicio popular». La pena impuesta fue por abuso sexual y no por agresión sexual (violación), a pesar de que hubo penetración y felaciones. El tribunal entendió que no hubo intimidación.

La defensa destaca que la sentencia «ha quedado idefectiblemente contaminada» por la práctica de las pruebas que «han estado pervertidas» por el «juicio paralelo o mediático». E incide en que la imágen pública de los procesados «ha quedado marcada» cara a la sociedad.

MENSAJES Y GRABACIONES

En su recurso, que se suma a los presentados por el resto de acusaciones, fiscalía y defensa, el abogado de los cuatro miembros de La manada alega que ha habido «una auténtica cacería mediática» sobre los acusados «con la difusión de mensajes, conversaciones, grabaciones e imágenes que han ido directamente a minusvalorar hasta niveles infrahumanos la condición personal de los mismos».

El abogado critica además las declaraciones del ministro de Justicia, Rafael Catalá, que aseguró que el juez que dictó el voto particular «tiene algún problema singular». Martínez Becerra asegura que este representante del Gobierno, «yendo mucho más allá del respeto debido a la autoridad judicial y a la separación de poderes, realizó declaraciones, sin duda, ofensivas». El escrito detalla que en la sentencia «se hacen aseveraciones carentes de la más mínima actividad probatoria que vulneran de forma flagrante» la presunción de inocencia. Insiste que en este proceso el debate era «simple»: «o la denunciante mantuvo relaciones sexuales con los acusados según acuerdo previo» o «se vio sometida por violencia o intimidación a manter relaciones sexuales en contra de su voluntad». «Negro o blanco, no había lugar a los grises en el planteamiento que las partes presentaron ante el tribunal», argumenta. A su juicio, parece que se haya buscado «una resolución que produjera satisfacción general, dando, de suyo, una respuesta a la inquietud social»creada.

El abogado se pregunta: «¿Cómo puede interpretarse una acción voluntaria contra su consentimiento, si ella [la víctima] no lo expresó, y la propia denunciante reconoció en la vista oral que ellos [los procesados] pudieron entender que deseaba ese encuentro sexual». Y más: «¿Cómo puede hablarse de una situación de shock que impidiera una reacción de la denunciante si en ningún momento de la relación sexual se produce ni un gesto del que se pueda derivar un mínimo rechazo, gesto de asco, pena, dolor, sufrimiento o cualquier otro del que se pueda denotar incomodidad o disguntos?» Por ello, atribuye la denuncia al «temor» de la joven a que se colgara en las redes sociales la grabación sobre el encuentro sexual.