Un juez de Huelva ha emitido un auto en el que impone a una menor la obligación de mantener comunicación con su padre, divorciado, a través de mensajes de Whatsapp, como complemento a los encuentros en persona entre los dos. El juez lo ha dictaminado dentro de un proceso para determinar el cumplimiento de régimen de visitas de estancias y pernoctas de la menor con su padre, después de que la niña y su madre no hayan cumplido con lo acordado en el mismo sentido.

El juez incide en que «siendo patente que el régimen establecido en la sentencia ha fracasado, entiendo que habrá de modificarse provisionalmente el régimen que venía establecido». Así, abre un periodo de seis meses «en el que la menor comunicará con su padre por mensajería de teléfono una vez por semana, haciendo un resumen lo más amplio posible de sus actividades». El mismo auto cita que la niña «responderá de algún modo a los mensajes que sin ningún límite puede enviar por el mismo medio el progenitor demandante».