Una mujer que dará a luz a su nieto será el primer caso autorizado de vientre de alquiler en Portugal, donde es reciente la entrada en vigor de la nueva ley que regula la gestación subrogada en el país. La mujer, de 49 años, prestará su vientre para que su hija, que no tiene útero, pueda ser madre.

La ley 92/2017, en vigor desde el 1 de septiembre, establece que ante la ausencia de útero, lesión o dolencia que imposibilite el embarazo de una mujer, podrá solicitar el vientre de alquiler siempre y cuando se cumplan otros requisitos, como una cesión totalmente desinteresada del útero que engendrará el futuro bebé.

Ell presidente del Consejo Nacional de Procreación Medicinalmente Asistida (CNPMA), Eurico Reis, explicó a Efe que en este caso "la abuela no será la madre biológica", aunque preste el vientre del que nacerá el bebé, ya que la fecundación se realizará con esperma del padre y con ovocitos congelados de la madre.

Nueva ley

La nueva ley aprobada en Portugal impide que la gestación sea con material biológico de la mujer que hace de "vientre de alquiler", por lo que el bebé tiene que tener, al menos, material genético del padre y, en caso de que no hubiera de la madre, lo donaría una mujer anónima.

De esta manera la gestante nunca podrá reclamar derechos sobre el bebé en un tribunal, ya que "no será su hijo biológico", argumentó Reis.

Desde hace poco más de un mes, el CNPMA ha recibido más de 60 propuestas, algunas de mujeres o parejas españolas -heterosexuales o lesbianas- residentes en España que pretenden tener un hijo mediante la gestación subrogada en el país vecino, ya que en España esta práctica no está regulada.

Reis reconoce que con este nuevo marco legal en Portugal se abre una puerta para mujeres españolas que quieren tener un hijo y por diferentes cuestiones no pueden.

Un caso español

Una de las solicitudes recibidas es la de un matrimonio del sur de España que vive cerca de la frontera, y en el que la mujer tiene problemas renales y, por tanto, si se quedase embarazada, pondría en riesgo su propia vida, ya que solo tiene un riñón.

"De momento, la ley no contempla estos casos", lamentó Reis, que precisó que por ese motivo la solicitud fue denegada.

Una soltera española también cursó una solicitud, aunque en este caso ni siquiera se analizó ya que la instancia ha de ser presentada por una pareja.

En el caso de parejas de lesbianas, ambas deben presentar ausencia de útero o lesiones que les impidan quedarse embarazadas.

La normativa sí es flexible para el reconocimiento del recién nacido en casos de parejas extranjeras.

La pareja tiene que presentar un domicilio en Portugal (no ha de ser permanente) y, tras el nacimiento, el CNPMA emite una declaración de paternidad, por lo que se podrían registrar en España o en otro país de donde proceda de este país.

En Portugal y en España existe la posibilidad de acudir a un país en el que esté legalizada la práctica de los vientres de alquiler.

Por eso, muchas de las parejas de países donde está prohibida dicha práctica deciden acudir a Estados Unidos o Ucrania, donde sí es legal la gestación subrogada.

Ahora que la ley portuguesa la autoriza en algunos casos, falta saber cómo las parejas interesadas en recurrir a esta práctica podrían acceder a una gestante, en el caso de que no conozcan a ninguna mujer de su entorno que acceda a hacerlo.

En Portugal ya se ha dado algún caso de mujeres aparecidas en la prensa que se ofrecen como gestantes de sustitución.