España violó el derecho a la vivienda de una familia con hijos menores, que fue desahuciada en el 2013 de la habitación en la que vivían en Madrid sin que se les proporcionara vivienda alternativa. Así lo concluyeron expertos independientes del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU.

La denuncia ante esta instancia de la ONU fue presentada por Mohamed Ben Djazia Bourmouz, de nacionalidad española, y Naouel Bellili, de nacionalidad argelina, en su nombre y en el de sus hijos menores de edad, ambos españoles.

En su dictamen, publicado ayer, que no tiene carácter vinculante, el comité determina que, pese a que la orden judicial de desahucio era legal, las autoridades no habían tomado todas las medidas necesarias para proporcionar a la familia una vivienda alternativa.

Los expertos de la ONU instan a España, Estado parte del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Pidesc), a tomar todas las medidas necesarias para ayudar a esta familia a obtener una vivienda adecuada, así como a otorgarle una indemnización por la violación de sus derechos.

El comité determina igualmente que España debe formular y aplicar un plan integral que garantice el derecho a la vivienda adecuada de personas con bajos recursos.

Mohamed Ben Djazia Bourmouz vivía en una habitación alquilada en un piso de Madrid desde el 15 de julio de 1998 y cuando, en el 2009, se casó con Bellili, esta se trasladó a la habitación, donde continuaron viviendo tras el nacimiento de sus dos hijos.

Los afectados pagaban regularmente la renta mensual de alquiler y, debido a sus bajos ingresos, desde 1999 Ben Djazia solicitó al Instituto de la Vivienda de Madrid (IVIMA) una vivienda pública. El denunciante percibió un subsidio mensual de desempleo hasta el 21 de junio del 2012, pero al no tener ingresos, no pudieron pagar el alquiler de la habitación en los siguientes meses.

En noviembre del 2012, la arrendadora presentó una demanda de juicio verbal de desahucio por expiración del plazo fijado en el contrato y, en marzo del 2013, Ben Djazia solicitó una renta mínima de inserción a la Comunidad de Madrid.

En mayo de ese año un juzgado declaró que el contrato de arrendamiento había concluido por expiración del plazo contractual, y ordenó el desalojo de la familia. La familia fue finalmente desalojada en octubre del 2013, tras una suspensión del desahucio por un mes debido a la oposición de algunos vecinos y miembros de organizaciones sociales.

El miembro del Comité de la ONU Rodrigo Uprimny señaló que la decisión reafirma que todas las personas, incluidas aquellas que viven en régimen de alquiler, tienen el derecho a una vivienda y que los Estados deben garantizar que los desahucios no den lugar a situaciones en las que los afectados se queden sin un techo. «Corresponde al Estado afectado demostrar que a pesar de que tomó todas las medidas necesarias, no le fue posible otorgar a la persona desahuciada una vivienda alternativa», indica.