Solo el maquinista se sentará en el banquillo por el accidente del Alvia ocurrido en julio del 2013 en Santiago de Compostela pese a que durante la investigación llegaron a estar imputados en dos ocasiones varios exdirectivos de Adif, el administrador público de las infraestructuras ferroviarias. El juez Andrés Lago Louro cerró ayer la fase de instrucción del caso con Francisco José Garzón Amo como único imputado por el homicidio de las 80 víctimas mortales y las lesiones de 144 personas más por imprudencia profesional grave.

El juez concluye que "la causa directa, que decididamente ha desencadenado" el accidente fue "el exceso de velocidad" y que la responsabilidad de éste "reside en exclusiva en la imprudencia del maquinista fruto de una conducción desatenta a las circunstancias de la vía y a su señalización, motivada a su vez por una llamada" telefónica mantenida con el interventor.

El auto recuerda que el tren entra en el túnel que precede a la curva a una velocidad de 195 km/h y descarrila a 179 km/h cuando la máxima permitida era de 80 km/h. Solo con que el maquinista hubiera pisado el freno para bajar a 155 km/h habría sido suficiente para evitar el fatal desenlace, según las pruebas efectuadas por los péritos.

Los posibles defectos de la señalización denunciados por los peritajes encargados por las víctimas son despreciados por el juez. "Al menos cinco kilómetros antes de llegar al lugar del accidente, existía en la vía señalización más que suficiente para que un maquinista medianamente diligente pudiera apercibirse de la proximidad de la estación de Santiago", afirma.

NUEVO EN LA CAUSA

El magistrado ha tomado la decisión un año después de incorporarse al caso, un año durante el cual ha ordenado también la ratificación de sus informes por parte de los péritos judiciales. Uno de estos informes sirvió para que su antecesor en la causa, Luis Alaéz, trasladado a petición propia, imputara a los exdirectivos de Adif por no haber instalado el sistema de señalización ERTMS que hubiera frenado automáticamente el tren.

El auto admite que es "evidente" que la seguridad de la vía "podía ser mejor" pero alega que "no existe elemento alguno que permita atribuir causalmente, desde el punto de vista penal, la génesis del accidente a la ausencia de ERTMS". "No existe ninguna disposición normativa que impusiere como obligatorio tal sistema de seguridad", afirma, recordando lo dicho por la Audiencia Provincial al levantar las imputaciones de los exdirectivos.

El fiscal y las acusaciones tienen diez días de plazo a partir de ahora para formular sus escritos de acusación, los cuales darán pie al auto de apertura de juicio oral.