El Acuerdo Interconfederal para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC), firmado a principios del mes de junio en Madrid y de carácter obligatorio, prevé que en supuestos incumplimientos se puedan poner reclamaciones y plantea una comisión de seguimiento para verificar su aplicación, que estará compuesta por seis representantes de comisiones patronales y seis de confederaciones sindicales. De esta forma, en el caso de que una empresa no quisiera aplicar este acuerdo, deberá demostrar de manera documental que no tiene la productividad necesaria para afrontar una subida de sueldos de sus empleados o, en el caso contrario, si las empresas tienen mejoras de productividad los incrementos también podrán ser adicionales a lo acordado, según informan los sindicatos.