Alquilar un apartamento de vacaciones ha pasado de ser algo normal para muchas familias a convertirse en un quebradero de cabeza para ayuntamientos, vecinos y hoteles que han visto crecer la oferta y la demanda de viviendas turísticas a un ritmo incesante, gracias a la democratización del sector liderada por plataformas como Airbnb o HomeAway. A través de ellas se ponen en el mercado viviendas como pisos para turistas, que están causando un boom que coincidió con la decisión del Gobierno de excluir estas viviendas de la ley de arrendamientos urbanos del 2013. Un marco en el que Aragón y Zaragoza se pueden considerar una excepción dentro de la carrera que ayuntamientos y comunidades autónomas en España ya han iniciado para regular este fenómeno. Han surgido decenas de normas porque, entre otras cosas, se ha constatado que hay zonas en las que esta oferta ya supera a la de establecimientos reglados.

El año pasado, en 22 ciudades españolas, las plazas en viviendas turísticas (473.956) superaron a los alojamientos reglados (335.606), según datos del lobi turístico Exceltur. Son unas cifras que coinciden con el informe Private Accomodation in Europe: 2010-2020, que sitúa a España como el tercer país con más oferta de Europa, con 450.000 viviendas vacacionales, según datos proporcionados por la plataforma HomeAway.

¿Cuál es la realidad en Aragón o en Zaragoza? Lo cierto es que con menos de 400 apartamentos turísticos en toda la comunidad o pocos más de cien en la capital, el Gobierno de Aragón apenas ha movido ficha por considerar que las cifras son residuales en proporción con toda la oferta que existe para el turista. Apenas un 10% del total de establecimientos que ya hay registrados, entre los que se incluyen estos.

ZARAGOZA NO ES BARCELONA // Sus movimientos van orientados a la regulación a través de un registro en el que ya hay inscritos, según los datos oficiales, más de 1.500 establecimientos y a la inspección, para garantizar que cumplen, los pisos turísticos también, los requisitos para estar en él. Una declaración responsable y unos mínimos indispensables de calidad en el servicio que persiga la posible clandestinidad. Y supervisiones, en muchos casos a raíz de denuncias de particulares, que ayudó por ejemplo en el 2017 a detectar tres infracciones en las 438 visitas realizadas a viviendas de este tipo. Muchas de ellas, 402, no prosperaron, y en otras 32 acabaron corrigiendo las deficiencias.

Así, las cifras no dan, consideran en la DGA, ni para una ley estricta que persiga en exceso al propietario, ya que no son tantos, ni para una tasa o impuesto que, en el caso de Aragón, podrían aprobarla no solo el Ejecutivo autonómico sino también los ayuntamientos y las comarcas. No es el caso por ahora, aseguran. Tampoco en el supuesto de Zaragoza, que en el 2015, cuando surgió la idea en Barcelona de la mano de su alcaldesa, Ada Colau, hizo amago de introducirlo en las ordenanzas fiscales del 2016 y nunca más se supo de ello. Apenas habría recaudado la ciudad.

Pero, claro, Zaragoza no es Barcelona. Allí, como en otras localidades costeras, el auge de los pisos compartidos ha derivado en un problema social. Discusiones entre vecinos, gentrificación o la subida de los alquileres, entre otras variables. A ella sí le afecta la inexistencia de una legislación estatal homogenea, la que ha provocado que las autonomías tomaran cartas en el asunto, con decretos específicos, que han dado como resultado 17 normas diferentes para regular la misma actividad. Todo ello acompañado de protestas vecinales.

Unas son más restrictivas (las más recientes) y otras más permisivas (las más antiguas), pero todas obligan a presentar una declaración responsable en el registro público competente, explican desde el despacho de abogados Serrano, Alberca & Conde, responsables de un informe en el que se analizan las 17 normas.

El mapa autonómico muestra a algunas que prohíben el alquiler por estancias, es decir, por habitaciones; otras se guardan la baza de ceder el poder a las comunidades de propietarios y, a través de sus estatutos, prohibir este uso si lo desean en sus fincas; otras obligan a incluir un distintivo en sus fachadas, que las signifique como «viviendas turísticas», o el número de inscripción en cualquier publicidad en la que participen.