El Tribunal Constitucional admitió ayer a trámite el recurso presentado por el Gobierno de Mariano Rajoy contra la Ley de Aguas de Aragón que, a juicio del Ejecutivo central, otorga a la comunidad autónoma competencias exclusivas que corresponden al Estado. Una decisión que conllevó la suspensión cautelar de la misma.

El Consejo de Ministros aprobó el pasado 31 de julio la interposición de este recurso contra la norma que regula las aguas y los ríos en Aragón. El Ejecutivo central recurrió la ley con el argumento de que esta atribuye a Aragón competencias exclusivas suyas, así como otras asumidas por transferencia o encomienda del Estado, en materia de aguas intra e intercomunitarias. Además, el recurso cuestiona que la normativa aragonesa le atribuye otras en materia de determinadas obras públicas.

AGUAS INTERCOMUNITARIAS

El Ejecutivo de Rajoy planteó en su recurso que las aguas intercomunitarias que discurren por Aragón, pertenecientes a las cuencas del Ebro, del Tajo y del Júcar, son "competencia exclusiva y plena del Estado, según el artículo 149.1 de la Constitución". También consideró inconstitucional que el Gobierno de Aragón haga referencia a competencias que han sido recibidas del Estado y que la Ley aragonesa asuma que van a existir convenios para transferir algunas de ellas para la gestión de las aguas, resulta igualmente inconstitucional.

El hecho de que el Estado cuente con competencias exclusivas plenas en aguas intercomunitarias, "busca asegurar el principio de unidad de cuenca y una gestión homogénea del recurso", expuso el Ejecutivo

La decisión no ha pillado por sorpresa al Gobierno de Aragón, que la considera "previsible". A la espera de una sentencia definitiva el consejero de Desarrollo Rural y Sostenibilidad del Ejecutivo aragonés, Joaquín Olona, defenderá la reserva de 6.550 hectómetros cúbicos del Ebro para uso de los aragoneses, y por tanto el Estatuto de Autonomía, en la alegación que presentará al Tribunal Constitucional.

Olona precisó que el tribunal ha suspendido de forma cautelar los dos artículos que son objeto de recurso de inconstitucionalidad, el que hace referencia a la reserva hídrica y el relativo al otorgamiento de concesiones y autorizaciones, algo que no afecta a las competencias y actuaciones del Instituto Aragonés del Agua (IAA).

Olona también destacó que se trata de una cuestión de interpretación del Estatuto y que el Gobierno de Aragón, una vez se le notifique esta decisión del TC, tendrá 15 días de plazo para presentar la correspondiente alegación, que en todo caso, ha avanzado, será "siempre defendiendo" los 6.550 hectómetros cúbicos de reserva por cuanto está recogido expresamente en el Estatuto aragonés.

Olona considera que renunciar a la reserva hídrica no tendría sentido porque es una cifra incluída en él. "No podemos permitir la decisión que se ha tomado porque, en el fondo, afecta a cuestiones estatutarias que ya están establecidas", aseguró. En este sentido consideró que, claramente, el recurso presentado por Rajoy pone en cuestión el texto que rige la comunidad autónoma. "Esperemos que no sea un ataque autonomista", precisó Olona.

La suspensión decretada ayer por el Tribunal Constitucional no afectará a partir de ahora a la gestión diaria de la cuenca ni del Instituto Aragonés del Agua en el sentido de que, al no haberse producido todavía el desarrollo de los artículos que regularán la gestión, no se han producido autorizaciones o concesiones que haya que deshacer de forma inmediata. "La decisión no amenaza ni condiciona la gestión diaria de la cuenca pero puede afectar al futuro de Aragón", destacó Olona.

La Ley de Aguas se publicó en el Boletín Oficial de Aragón en diciembre del 2014 nacida del pacto de Gobierno entre el Partido Popular y el PAR. Los artículos que ahora ha suspendido el Constitucional se fundamentan en el artículo 72 del Estatuto de Autonomía de Aragón, que atribuye a la comunidad la competencia exclusiva en materia de aguas que discurran íntegramente por el territorio.