Gratuidad en los libros de texto si se alcanza un acuerdo con las editoriales --en caso contrario, a precio de coste-- o gabinete psicopedagógico sin desembolso son algunos de los beneficios que la sociedad Ánfora reserva para los hijos de los cooperativistas. Así lo expone el reglamento interno al que ha tenido acceso este diario y que, además, establece el pago del 50% del importe del material escolar o el precio de coste de comedor, uniforme, excursiones o viajes.

En su artículo 19, el reglamento indica, asimismo, que la cooperativa "adoptará los acuerdos necesarios para que los hijos de los socios paguen por la enseñanza, las actividades y los servicios al precio de coste, de modo que no generen gasto ni beneficio". Más concretamente, añade a los derechos adquiridos la "preferencia de plaza en puesto escolar en la parte privada" y la "enseñanza a precio de coste" tanto si el hijo del cooperativista --que ha debido afrontar el pago de 48.000 euros para entrar a formar parte de la cooperativa-- está en la etapa privada como en la concertada.

En cuanto al régimen disciplinario, se distinguen tres tipos de falta: leves, graves y muy graves. Estas últimas acarrean sanciones de entre 300 y 600 euros, la posibilidad de la expulsión de la cooperativa o la suspensión de derechos como asistencia, voz y voto en las asambleas, entre otros. Las faltas graves tienen una multa de 150 y 300 euros y/o la privación durante un máximo de un año de servicios asistenciales, mientras que las leves suponen una amonestación verbal o por escrito además de la posibilidad de una multa de 6 a 150 euros.

En la nómina de faltas muy graves, que prescriben a los seis meses, se incluyen la falsificación de documentos o firmas, fraude en las aportaciones de capital u ocultación de datos relevantes a la cualificación profesional del socio trabajador.

Además, también son objeto de la máxima sanción la violación de secretos de la cooperativa, el incumplimiento de las obligaciones económicas o de aportación al capital social o la manifiesta insubordinación individual o colectiva, así como la apropiación, hurto o robo de bienes propiedad de la empresa, trabajadores o socios.

La falta de asistencia no justificada durante más de tres días al mes o la impuntualidad durante más de nueve días al mes o más de 20 días al trimestre está considerada falta muy grave, al igual que la embriaguez o toxicomanía en el trabajo o los malos tratos físicos a alumnos o cualquier otra persona.

En cuanto a la jornada laboral, el personal docente y de orientación tendrá una jornada semanal de 30 horas (25 lectivas y 5 de permanencia) que será de 35 para los maestros de primer ciclo de Infantil. Todos ellos disfrutarán del mes de agosto de vacaciones.

Además, el reglamento expone que los socios no podrán desempeñar o ejercer por cuenta propia o ajena actividades complementarias, entre las que incluye ofrecer clases particulares a algún alumno ni a otros centros educativos o academias.