El Ministerio de Medio Ambiente ha recibido un serio aviso de la Abogacía del Estado contra su pretensión de abaratar los cánones de regulación y las tarifas por el uso del agua dejando los fondos europeos fuera del coste que se cobra al usuario. Esta medida hubiera beneficiado, entre otros, a los receptores del macrotrasvase del Ebro, que hubieran pagado por el agua menos de lo debido, pero los propios servicios jurídicos estatales han advertido que no sólo es discriminatoria, sino que podría vulnerar la legalidad tributaria.

El debate sobre la recuperación íntegra de costes de las obras hidráulicas (exigida por la Directiva Marco de Aguas de la Unión Europea) es trascendental en estos momentos en que el Gobierno central ha decidido solicitar ya formalmente a Bruselas dinero comunitario para pagar el trasvase del Ebro.

Este mandato europeo obliga a cobrar a los usuarios de una infraestructura hidráulica el coste total de la inversión que ha sido necesaria para construir dicha obra. Una vez puesta en marcha, se repercute a los usuarios y beneficiarios un canon de regulación y unas tarifas a través de las cuales la Administración recupera con los años el gasto que ha realizado.

Es precisamente, esta obligación la que lleva a los detractores del macrotrasvase a asegurar que si se propicia la recuperación íntegra de costes, los agricultores levantinos no podrán pagar el agua cedida del Ebro, porque su precio no sería de 0,30 euros por metro cúbico (como pretende el Ministerio de Medio Ambiente) sino mucho más elevado.

La Secretaría de Estado de Aguas del ministerio, cuyo titular es Pascual Fernández, se planteó la posibilidad de no incluir los fondos europeos en la inversión total para una obra hidráulica a la hora de calcular cánones y tarifas. Así se desprende de la pregunta que, en este sentido, elevó a la Abogacía del Estado. De esta manera, las ayudas comunitarias hubieran sido una especie de fondo perdido que no se hubiera contabilizado, por lo que el dinero total a repercutir a los usuarios hubiera sido menor.

El trasvase del Ebro estaría entre los proyectos beneficiados por esta medida del ministerio, pues el Gobierno central espera que la Unión Europea pague el 30% de la obra, en total, 1.200 de los 4.206 millones de euros que cuesta. Si esos fondos comunitarios se excluyeran de la repercusión en las tarifas, los usuarios del agua del Ebro pagarían por 4.200 millones de euros y no por 3.000.

El abogado del Estado ha sido rotundo en la respuesta: la pretensión de Medio Ambiente no sólo desencadenaría una acción discriminatoria, sino que podría poner en entredicho la legalidad tributaria.

LAS RAZONES Según los servicios jurídicos estatales, la ley marca que para establecer los costes de una obra hay que tener en cuenta la "amortización técnica", base sobre la que se establecerá la repercusión al usuario en forma de cánones y tarifas. Al respecto, el abogado del Estado es claro: "Una amortización técnica, por su propia definición, tiene que operar necesariamente sobre el valor de un activo, con absoluta independencia de las fuentes de financiación".

E insiste: "Lo que importa es la aplicación de los fondos y no su origen". La respuesta explica que es "inconcebible" que un activo (en este caso, el dinero europeo) no esté "sujeto a un proceso de amortización", algo que --incluso-- sería "claramente ilegal".

La Abogacía del Estado es rotunda al decir que carece de fundamento "cualquier pretensión de considerar que de la base de los cánones, tanto de regulación como de uso del agua, deba excluirse el importe correspondiente a los fondos procedentes de la