El controvertido Impuesto sobre la Contaminación de las Aguas se creó en 1997 como consecuencia del Plan de Depuración de Aguas residuales que contemplaba una inversión de más de mil millones de euros para construir en Aragón 1.400 depuradoras. A partir del 2014 se reguló para que se cobre en su condición de impuesto ecológico, que grava la contaminación del agua que se realiza por su uso, ya que no es una tasa destinada a la prestación del servicio de depuración. Pero la realidad es que ese plan quedó a medias, con estaciones depuradoras a medio hacer, o a medio funcionamiento, otros municipios no la tienen o, como es el caso de lZaragoza, sus ciudadanos pagaron su propia depuradora pero deben asumir de igual modo el impuesto. Estas son algunas características del impuesto.

QUIÉN LO PAGA

La ley es clara al respecto: «los usuarios de agua de todos los municipios de la comunidad autónoma». El hecho imponible es la producción de aguas residuales que se manifiesta a través del consumo de agua, real o estimado, de cualquier procedencia (tanto la proporcionada por entidades suministradoras, como la procedente de captaciones de agua superficiales, subterráneas o pluviales) o del propio vertido.

CUÁNTO SE PAGA

Lo determina la ley de presupuestos de cada año. Consiste en un componente fijo para todos por igual y otro variable en función del consumo de agua o el nivel de contaminación. Para el 2017, el proyecto de ley indica una cuota fija de 5,095 euros por sujeto pasivo y mes (por lo que un hogar paga solo por este concepto más de 60 euros anuales) y 0,614 euros por metro cúbico consumido. Estas tarifas son para uso doméstico, ya que hay otros precios para industrias que consuman más de 1.000 metros cúbicos, salvo que produzcan una contaminación especial.

EXENCIONES

Hay exenciones para la utilización del agua en parques públicos, limpieza viaria, o extinción de incendios y para regadío agrícola y uso ganadero si no se contamina. También en viviendas en autoconsumo o viviendas en las que residan perceptores del Ingreso Aragonés de Inserción o ciudadanos cuyas condiciones socioeconómicas merezcan especial atención, y siempre bajo informe previo de los servicios sociales. Aquellas entidades de población con más de 200 habitantes, sin depuradora en funcionamiento tienen una bonificación del 60% en las tarifas del ICA, mientras que las que tengan menos de 200 habitantes y no funcione la depuradora, la bonificación alcanza el 75% en las tarifas.