El único caso que ha llegado a los tribunales sobre la controvertida crisis de la Caja Inmaculada (CAI), la emblemática entidad aragonesa que desapareció por su mala gestión y acabó en manos de Ibercaja, se queda sin culpables. La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha absuelto a Tomás García Montes, exdirector general de la misma entre los años 2005 y 2009; a Francisco Javier Alfaro Navarro, antiguo responsable de la matriz inmobiliaria CAI Inmuebles en el centro y sur de España; y a Ramón Marrero Gómez, abogado, empresario y exconsejero socialista de Empleo de la Junta de Andalucía, que se asoció con la entidad en los negocios del ladrillo en esa región, según la sentencia a la que ha tenido acceso EL PERIÓDICO.

Los tres habían sido condenados en marzo del 2017 por la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Zaragoza a cuatro años de prisión por apropiación indebida agravada, un delito del que ahora quedan exonerados. También se libran del pago de sendas multas de 3.600 euros cada uno y de indemnizaciones por valor de casi 7 millones de euros que les habían impuesto los jueces en primera instancia.

El Alto Tribunal también exonera a María Ángeles Álvarez, exmujer de Alfaro, que había sido condenada igualmente por la Audiencia de Zaragoza como partícipe a título lucrativo y debía abonar de forma solidaria con su marido 110.735 euros.

Recurso de casación

La sentencia del tribunal provincial, que estaba compuesto por los magistrados Rubén Blasco, Alfonso Ballestín y Carlos Lasala -que fue el ponente de la misma-, fue recurrido en casación ante el Supremo por los cuatro condenadospor infracción de derechos constitucionales y vulneración de los derechos fundamentales a la presunción de inocencia y a la tutela judicial efectiva. El sindicato CIC, como acusación popular, también presentó un recurso en el que pedía que se ampliará la condena, mientras que la Fundación CAI, que ejercía la acusación particular como institución heredera de la caja, acató el fallo judicial en su totalidad.

El periplo judicial por este caso se inició hace casi seis años, cuando en octubre del 2012 el consejo de administración de la CAI presentó una querella contra estos exdirectivos, a los que responsabilizaba del quebranto económico ocasionado por tres asuntos concretos. El primero, un viaje privado realizado a Egipto por García Montes y sus familiares, cuyo coste (195.739,49 euros) fue pagado por la caja. El segundo, la compra de dos viviendas en el Puerto de Santa María (una para el exdirector general y otra para Alfaro) promovidas y administradas por la CAI, que fueron adquiridas con una rebaja del 50%. El tercer punto en discordia era la ruptura de la relación comercial pactada entre Marrero y la CAI.

Ausencia de delito

El Supremo da la razón a los exdirectivos y echa por tierra los argumentos del tribunal provincial. En cuanto al viaje a Egipto, considera que este tipo de actividades eran una «práctica habitual» de las sociedades participadas por la CAI y existe «ausencia de toda ocultación», ya que la dirección de la entidad tenía pleno conocimiento de los mismos. En este sentido, aprecia «una clara vulneración del derecho a la presunción de inocencia» de los tres acusados.

También rechaza que haya delito en la venta a los acusados de viviendas promovidas por la caja a bajos precios, ya que era algo autorizado por la entidad y de lo que se beneficiaron otros directivos. En cuanto a la reestructuración societaria pactada con Marrero, reprocha al tribunal provincial que no reflexionara «sobre datos fácticos de notoria trascendencia para avalar o refutar la construcción retórica reflejada», al tiempo que descarta un trato de favor hacia al citado empresario y aduce la «falta la suficiente certeza objetiva».

La sentencia, que no puede ser recurrida, se suma a otras dictadas por el Supremo que han tumbado otros conocidos episodios sobre presunta corrupción en Aragón. En concreto, anuló hace un año la condena del caso pagarés de Plaza y ha ordenado repetir el juicio a la exalcaldesa de La Muela María Victoria Pinilla.