El área de Urbanismo del Ayuntamiento de Zaragoza ha reclamado al Gobierno de Aragón la modificación de la Ley Urbanística, el desarrollo de un reglamento específico y la adopción de medidas jurídicas necesarias para obligar a los propietarios de solares vacíos, ubicados principalmente en el Casco Histórico o en otros puntos de la ciudad, a edificar en ellos. Según el consistorio, el actual registro de solares es muy poco eficaz y los trámites para desarrolarlo son largos y costosos para la Administración.

El teniente de Alcalde de Urbanismo, Antonio Gaspar, aseguró ayer que el procedimiento de registro de solares "tiene que contar con unas mayores facilidades de agilidad por parte de la Administración. No puede ser que nos cueste muchas horas de trabajo de funcionarios municipales para que, al final, simplemente presentando un proyecto básico, se corte el proceso", puntualizó.

Gaspar recordó que el propietario tiene el deber de edificar en un plazo de tiempo determinado y pidió instrumentos eficaces para hacer cumplir esta obligación.

En lo que va de legislatura, el consistorio sólo ha conseguido sacar a subasta uno de los muchos solares sin construir que hay en la ciudad. La Gerencia de Urbanismo sacó a concurso un terreno situado en la calle Cerezo, con una superficie de 115 metros cuadrados y con capacidad para construir aproximadamente seis viviendas. El suelo pertenecía a 10 personas, que no se ponían de acuerdo para construir, y es por lo que ha llegado hasta el final del proceso, explicó Gaspar.

El dinero obtenido por la subasta no va parar, además, a manos del consistorio, sino que debe entregarse a los propietarios del solar.

El proceso del registro, insistió, debe ser "más ágil, más breve y menos gravoso para la Administración de lo que es en estos momentos. El objetivo político es que solares que han cumplido ya el plazo para edificar estén construidos".

EL PROCESO LEGAL Según la Ley de Urbanización de Aragón, hay que incoar un expediente de inclusión en el registro de solares, dar un plazo de audiencia, decretar la inclusión en el registro abriendo un nuevo periodo de audiencia, y antes de que se convoque el concurso si el propietario presenta un proyecto básico de ejecución en ese ámbito, se excluye automáticamente del registro de solares.

El propietario puede dejar de ejecutar ese proyecto básico de edificación, y al cabo de un año se vuelve a empezar con el mismo procedimiento, que se para nuevamente vuelva si en cualquiera de las fases los propietarios solicitan una licencia.