Una década larga de pleitos ante la Iglesia ha terminado en agua de borrajas. O, lo que se supone de peor llevar para el orgullo aragonés, en una derrota por trasvase. Más exactamente, por trasiego, que es lo que ha hecho el obispado de Lérida al trasladar al nuevo Museo Diocesano de Lérida y Comarcal las 112 obras de arte procedentes de parroquias aragonesas que el Vaticano lleva diez años ordenándole que devuelva a la diócesis de Barbas-tro-Monzón.

Las autoridades leridanas y los responsables del nuevo museo insisten en que aplican únicamente criterios técnicos. Las aragonesas, tanto políticas como eclesiásticas, consideran el traslado "una provocación". Y los juristas, que se mueven en otra dimensión --la del Derecho--, concluyen que el llamado litigio de los bienes de la Franja ha derivado en un "galimatías jurídico" que deja, de hecho, a la parte leridana como vencedora del contencioso.

El pleito tiene dos vertientes: la jurídica y la física. La segunda es sencilla: las polémicas 112 obras de arte se encuentran en un nuevo edificio propiedad de una (relativamente) nueva institución e integradas en una (más o menos) nueva colección museística. La primera, la jurídica, tiene dos vertientes como las del tiempo: un antes y un después.

El antes es conocido: el Vaticano ha ordenado repetidamente a Lérida que entregue las piezas pero Lérida no las envía ni siquiera cuando la diócesis está dirigida, en lugar de por un obispo con plenos poderes, por un delegado directo del Papa. De hecho, el obispado catalán las ha sacado de sus iglesias y edificios para colocarlas en otro lugar. Físicamente. Ese sitio es el nuevo museo, creado y gestionado por un consorcio público en el que participan, además de la sede leridana, la Generalitat, el ayuntamiento, la Diputación y la Comarca de Lérida. Y ahí comienza el después. El enredo.

Consorcio público

"En la Iglesia no es especialmente importante dónde se encuentran los bienes y en posesión de quién, porque la propiedad es de la Iglesia", explica un jurista. Sin embargo, las piezas ya no están físicamente en un ámbito eclesiástico. Ahora bien, añade, al mismo tiempo, "el Derecho estatal no puede regular esos bienes porque son de la Iglesia". Y, paralelamente, aplicando un axioma jurídico, anota que "las obras estaban en depósito en el obispado de Lérida --según las sentencias vaticanas--, que las ha aportado al nuevo museo, pero éste no puede tener sobre ellas más derechos que los que tenía el depositario".

El nuevo museo, para mayor galimatías, tiene una configuración única --¿pionera?-- en el ordenamiento jurídico español: se trata de un consorcio público integrado por administraciones y por una entidad eclesiástica. "Es jurídicamente nuevo que instituciones catalanas pasen a estar detrás de la entidad que posee las piezas en litigo. Eso abre líneas de trabajo político e inicia una relación con instituciones del Estado", señala un experto en Derecho.

Sin embargo, el hecho de que se trate de un ente de carácter mixto civil-eclesiástico complica más todavía el reconocimiento de las pretensiones aragonesas. ¿Por qué?

Si se tratara de una fundación canónica sería posible abrir otro pleito eclesiástico por la vía del Derecho Patrimonial Canónico, una rama en la que apenas existen especialistas y prácticamente todos pertenecen a la Iglesia. Si fuera una fundación común, las instituciones que la patrocinan podrían ser demandadas como depositarios para que entregaran las piezas; aunque con un matiz: no podrían hacerlo las administraciones aragonesas --por falta de legitimación al no ser las propietarias-- pero sí el obispado de Barbastro-Monzón o sus parroquias. Aunque en los dos últimos casos se encontrarían ante el dilema de tomar la decisión de trasladar a la vía civil ordinaria el litigio resuelto --a su favor-- en la canónica. Pero, al tratarse de un ente mixto, no se vislumbra qué fórmula de reclamación resultaría aplicable. Con todo, sí existe una conclusión: "Han seguido un camino extraordinariamente enrevesado".