Álvaro R. B. lleva una vida normalizada tras haber pasado casi tres años encartado en unas diligencias penales por haber herido en un ojo a un policía de una pedrada. "Lo cierto es que una única acción y propósito delictivo dio lugar a la apreciación de dos delitos", señaló la magistrada del Juzgado de lo Penal número 1, que consideró "que un ingreso en prisión en la actualidad por unos hechos cometidos en mayo de 2008 podría ser contraproducente respecto de la reinserción social, que es una de las finalidades de la pena". El letrado de Álvaro, el profesor de Derecho Penal de la universidad de Zaragoza Eladio Mateo Ayala, destacó que en las decisiones de la jueza y de la Audiencia "priman los fines de reinserción social de las penas sin olvidar la retribución", es decir, el pagar por lo que se ha hecho: multas que suman 12.960 euros y una indemnización para la víctima, en este caso. "Coordina el fin retributivo de la pena con la reinserción social, que es uno de los objetivos de las condenas en nuestro sistema penal", añadió.