El Tribunal Supremo ha ratificado la ilegalidad del proyecto del embalse de Mularroya y del trasvase entre el Jalón y el Grío que dictaminó hace casi cuatro años la Audiencia Nacional. La sentencia, que rechaza los recursos presentados por la Abogacía del Estado, los regantes del Jalón y la Asociación Río Jalón Vivo, avala la anulación de las resoluciones por las que el Ministerio de Medio Ambiente aprobó el 25 de noviembre del 2003 el estudio de impacto ambiental, el anteproyecto --nueve días más tarde-- y, en febrero del 2007, el proyecto definitivo.

La Confederación Hidrográfica del Ebro (CHE) anunció ayer en un comunicado que "va a suspender de forma cautelar los trabajos de construcción del embalse" y que dará "instrucciones a los contratistas para que lleven a cabo los trabajos imprescindibles para suspender temporalmente las obras".

El Supremo ratifica la sentencia de la Audiencia Nacional al estimar que "ni se ha acreditado que estemos ante razones imperiosas de interés público de primer orden" que justifiquen la ejecución del embalse y el trasvase que debe alimentarlo ni, por otro lado, la Administración ha tomado antes de acometer la obra "cuantas medidas compensatorias sean necesarias para garantizar que la coherencia global de (la Red) Natura 2000 quede protegida".

INSUFICIENCIA La sentencia considera "patentemente insuficientes" e "inadecuadas" las medidas de protección del proyecto --pese a que contempla impactos "irreversibles"--, lo que "contamina la declaración de impacto ambiental con un vicio o defecto determinante de su ilegalidad" que, a su vez, invalida las otras dos resoluciones.

El embalse afecta a la ZEPA (Zona de Especial Protección de Aves) Desfiladeros del Jalón, al IBA (Inventario de Áreas Ornitológicas) Hoces del Jalón y a los LIC (Lugar de Interés Comunitario) Sierra de Vicort, Cueva del Muerto y Sierras de Algairén, en cuyas flora y fauna iba a causar "impactos negativos y perjudiciales" cuyas acciones correctoras quedaban en "un futuro incierto". "Las propias medidas irreversibles quedan sin medidas de protección suficiente", añade.

Este es el tercer revés ambiental que los tribunales dan al proyecto de Mularroya. El primero se lo propinó el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) cuando, en junio del 2005, condenó a la DGA a incluir en su listado de ZEPA 6.733 hectáreas delimitadas por la Sociedad Española de Ornitología (SEO) e incluidas en el vaso del embalse.

NUEVO EIA La CHE está trabajando en una modificación del proyecto del embalse "con el objetivo de subsanar las carencias" de la declaración de impacto inicial. Esta iniciativa incluye un nuevo estudio de impacto que, según indica el comunicado, tendrá en cuenta los aspectos que el ahora anulado omitía.

Entre otros aspectos, tratará la protección de los hábitats de las aves rupícolas --buitres, principalmente--, el posible arrastre de animales por el túnel del trasvase, las afecciones a las nutrias y la desaparición de zonas de campeo para aves rapaces y carroñeras. La CHE prevé que la nueva declaración de impacto "esté resuelta a finales de este año o principios del siguiente".

El organismo de cuenca insistió ayer en que "la sentencia no anula la adjudicación del contrato y tampoco establece que la obra no se vaya a ejecutar", aunque resulta obvio que el proyecto cuya ejecución fue adjudicada ha dejado de tener validez.