La situación económica de miles de familias aragonesas depende, lo sepan o no, de la decisión que tome el Tribunal Supremo este martes sobre la validez de las cláusulas suelo que muchas entidades bancarias estipularon a la hora de conceder sus hipotecas. Si el alto tribunal determina que este tope mínimo de pago, por mucho que baje el Euribor, es abusivo, el régimen de pago y los procesos de ejecución de los préstamos de los afectados podrían tener una causa de suspensión. El número de potenciales beneficiarios es difícil de calcular, pero sería en cualquier caso considerable, a tenor de los 4.686 procesos de desalojo que estaban tramitándose solo en Aragón a principios de este año. Serían algo menos de la mitad de ellos.

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón hizo públicos ayer, al hilo de las últimas informaciones sobre estos procesos, las estadísticas de los últimos años. Además de la abultada cifra de procesos pendientes, los registros constatan el espectacular incremento de esta problemática. En el último lustro --del 2008 al 2012--, los tribunales aragoneses resolvieron 6.352 ejecuciones hipotecarias, un 274% más que las 1.695 resueltas en los cinco años anteriores.

RECOMENDACIONES Paralelamente, el Gobierno anunció ayer una serie de medidas para mejorar la legislación sobre la problemática, en principio siguiendo directrices europeas, aunque ya las anunció en febrero. Se trataría, en primer lugar, de aumentar el número de impagos requerido para iniciar el proceso, de los dos meses que recoge la norma actual a tres. Y en segundo, de poner coto a los intereses de demora. En el proceso que dio origen a la sentencia europea, estos se establecían en un 18%, cuando el interés legal para contratos en España era del 5% cuando se firmó. En relación con el asunto, los notarios pidieron ayer otra reforma legal que les permita impedir estos abusos al consumidor.

Las reformas del Gobierno no abordan, en cualquier caso, dos de las cuestiones fundamentales que marca la directiva 93/13 sobre cláusulas abusivas. En primer lugar, que una condición injusta sea causa de suspensión del proceso y, en segundo, que un juez pueda paralizarlo mientras decide si la cláusula es en efecto abusiva.

Existen cuatro motivos para suspender un proceso de ejecución y ninguno incluye la cláusula de marras. Para crear la quinta causa es necesario reformar las normas procesales. En cuanto a los jueces, se puede abrir un segundo proceso judicial (declarativo) para dirimir si existe un apartado injusto; pero esta vía no paraliza la primera con lo que, según señala la sentencia, se salda con una compensación al afectado, ya sin casa.