Expo Zaragoza Empresarial, la empresa pública creada por el Gobierno de Aragón para colocar los edificios del recinto de la muestra internacional, deberá indemnizar a la compañía de seguros DKV con más de 800.000 euros tras haber sido declarado extinguido el pacto de reserva suscrito por las dos entidades para negociar la adquisición de un inmueble por parte de la sociedad privada.

El Supremo acaba de inadmitir el recurso interpuesto por Expo Zaragoza Empresarial contra la sentencia de la Sección Quinta de la Audiencia Provincial que, a su vez, ratificó el fallo inicial del Juzgado de Primera Instancia número 12 de la capital aragonesa, que declaró extinguido el pacto en septiembre del 2011.

La empresa pública fue condenada a devolver a DKV los 716.147 euros que había consignado como señal para hacerse con el edificio. Esa cifra debe verse incrementada con "los intereses legales devengados desde la fecha de la reclamación extrajudicial" de la aseguradora, lo que, a fecha de ayer, supone otros 98.180 euros.

No va a ser ese el único dinero que le supondrá el pleito a Expo Zaragoza Empresarial, ya que ha sido condenada a pagar las costas del proceso en las tres instancias, algo que, en este caso, ascenderá a varios cientos de miles de euros.

DKV desestimó en septiembre del 2009, tras varios meses de negociación con la empresa pública, trasladar sus instalaciones a Ranillas, por lo que reclamó la devolución de los 716.147 euros que había depositado como señal el 30 de junio del 2008.

CONTACTOS Las partes siguieron manteniendo contactos sobre la posible instalación de la compañía aseguradora en Ranillas después del 1 de enero del 2009, fecha en la que, según han resuelto ahora los tribunales, el contrato había quedado extinguido. Expo Zaragoza Empresarial sostuvo durante el pleito que esos contactos, que se prolongaron por espacio de seis meses, suponían una prórroga tácita del contrato de reserva, ya que DKV no reclamó la devolución de la señal.

Los juzgados han resuelto lo contrario. "El hecho de existir negociaciones no determina tampoco que fueran un signo de prórroga del pacto", señala el Supremo, ya que en ellas trataron "nuevamente temas ya acordados" y hablaron de nuevos precios, lo cual varió "sustancialmente las condiciones económicas del pacto de reserva y se efectuó una nueva auditoría para la adquisición del inmueble".

El contrato fue extinguido porque la empresa pública no presentó en fecha del "proyecto de ejecución de las obras de reconversión del complejo" ante el ayuntamiento ni logró de este las licencias necesarias.