El Departamento de Sanidad ha modificado la fórmula de reintegro de algunas aportaciones de los pensionistas que excedan los límites establecidos en el sistema de copago farmacéutico. El cambio afecta a los fármacos que hayan sido adquiridos antes del pasado 19 de enero y se basa en que para que la Administración abone a los pensionistas la cantidad que haya superado el límite máximo mensual, será necesario presentar únicamente la factura oficial de la farmacia dispensadora. En ella debe constar el nombre del paciente a cuyo nombre figuraban las recetas, la fecha de cada dispensación, los medicamentos faciltiados, su precio de venta al público y la aportación abonada por cada uno de ellos.

Sanidad justifica el cambio en que "se han apreciado diicultades de implantación derivadas de que algunos usuarios no habían conservado la documentación necesaria para la subsanación del cálculo del reintegro" y se refiere a que "no habían conservado el original o copia compulsada del volante de instrucciones para el paciente o del cuerpo de la receta en dispensaciones producidas a partir del 1 de julio de 2012"

El límite máximo de aportación mensual para los pensionistas con una renta inferior a 18.000 euros es de 8,14 euros y 18,32 euros para los que reciban entre 18.000 y 100.000 euros. Para rentas superiores a esta cantidad, el límite máximo de aportación mensual es de 61,08 euros.