La Audiencia de Zaragoza ha condenado a una mujer a ocho años de prisión y al pago de una indemnización de casi un millón de euros por el intento de asesinato de la exesposa de su compañero sentimental, a quien absuelve como supuesto inductor de los hechos.

Unos hechos que ocurrieron sobre las 21.00 horas del 14 de abril de 2010 en la calle Mayoral de la capital aragonesa, donde la procesada esperó a su víctima con el propósito, según estima el tribunal en su relato de hechos probados, de "acabar" con su vida.

La sentencia destaca que la acusada, Rosa María M.U., de 51 años, abordó "inesperadamente" a la denunciante y le arrojó sosa caústica en la cara y en otras partes del cuerpo, y que cuando ésta se frotaba los ojos para paliar los efectos de la sustancia corrosiva le asestó una puñalada en el cuello con un puñal que ocultaba en una manga.

Posteriormente, siempre según el tribunal, la mujer tiró en un contenedor el cuchillo y procedió a llamar a su compañero sentimental, con el que finalmente se dirigió a dependencias del Cuerpo Nacional de Policía para informar de los hechos.

Los informes médicos aportados revelan que las quemaduras y las lesiones sufridas a causa de la agresión provocaron en la víctima un grado de discapacidad del 68%.

Los magistrados de la Audiencia de Zaragoza consideran que los hechos constituyen un delito de asesinato en grado de tentativa ya que las heridas sufridas, especialmente la puñalada en el cuello, pudo provocar la muerte de la mujer, que finalmente no se produjo a causa de una rápida intervención médica.

Considera el tribunal que también existió alevosía en la forma de actuar de la procesada, ya que la atacó con el puñal cuando la víctima trataba de limpiarse la sosa cáustica que le había arrojado al rostro.

La Audiencia no aprecia, sin embargo, que la procesada fuera inducida por su compañero sentimental, para el que la fiscalía solicitaba 11 años de prisión por tentativa de asesinato, al entender que durante la instrucción no se acreditó que hubiera propuesto a su compañera realizar el crimen.

Tampoco considera la posibilidad, defendida por las acusaciones, de que la procesada hubiera decidido perpetrar los hechos debido a los comentarios despectivos de su compañero contra su exmujer.

El tribunal admite la petición de indemnización planteada por la acusación particular, un total de 978.689 euros, para resarcir "los terribles efectos del ataque absolutamente cobarde, gratuito y brutal de que fue objeto la víctima".

La sentencia prohíbe, además, a la acusada a acercarse a menos de 200 metros de la víctima durante el tiempo de duración de la condena.