Ningún sistema anticonceptivo es fiable al 100%. Por eso, cuando Ana (nombre supuesto) se quedó embarazada en el 2007, un año después de haberse sometido a una ligadura de trompas en una clínica privada de Zaragoza, lo tomó como parte del pequeño porcentaje de casos en que la esterilización no resulta. Su sorpresa llegó cuando, al dar a luz, la doctora le informó de que una de sus trompas de falopio estaba en perfecto estado. Seis años después la aseguradora Zurich ha abonado los 141.709 euros que le corresponden por la negligencia médica, una de las indemnizaciones más altas fijadas en España.

La mujer había sufrido tres partos por cesárea, por lo que los embarazos suponían un claro riesgo para su salud. De ahí que decidiera someterse a una ligadura de trompas a la vez que daba a luz por tercera vez. La doctora ligó correctamente una de sus trompas. Pero, como acreditaron los peritos --de forma "contundente", según la sentencia sobre el caso--, en la otra confundió el órgano con el ligamento redondo, de similar estructura. Por ello la mujer siguió, sin saberlo, con capacidad para gestar.

Esto es lo que le explicó su doctora cuando, ya en Alemania, donde ahora reside, le auxilió en su cuarto parto por cesárea. Tanto le sorprendió el error que hizo un completo reportaje fotográfico, de gran ayuda para los peritos. La titular del Juzgado de Primera Instancia número 3, que fijó la indemnización en 74.000 euros, expuso que "la realización de la ligadura por cirugía abierta permitía asegurar una correcta actuación" aunque haya un "riesgo" de confusión entre la trompa y el ligamento redondo.

La mujer demandó a la doctora y a su aseguradora, a través de los despachos de los letrados Mariano Montesinos, Ana Elvira Ramos y María Begoña del Río. En un principio solicitaba 580.000 euros de indemnización, pero la jueza fijó la cuantía en los citados 74.000 euros: 15.000 por daños morales, 35.000 por la manutención del hijo no deseado y 24.000 por la necesidad de comprar un coche familiar.

RESPALDO Tanto la madre como la aseguradora, no así la doctora, recurrieron el fallo. Aquella consideraba que los gastos del hijo eran consecuencia "indirecta" de la negligencia, algo que la jueza descartó. Su criterio fue respaldado por la Audiencia Provincial de Zaragoza en febrero de este año, cinco meses después de la primera sentencia.

Sin embargo, los letrados tuvieron que volver a los tribunales a forzar una ejecución de sentencia por la que, el mes pasado, Ana pudo cobrar, al fin, los 74.000 euros y los intereses --que Zurich también discutía--, hasta alcanzar los 141.000.