DEFENSOR ARAGONÉS

El Justicia afea al Gobierno el cobro de las costas judiciales

Considera que son un «obstáculo» para los ciudadanos en el uso de sus derechos . La comunidad autónoma ingresó el pasado año 254.841euros

El Justicia afea al Gobierno el cobro de las costas judiciales

El Justicia afea al Gobierno el cobro de las costas judiciales

L. M. GABÁS

El Justicia de Aragón ha afeado al Gobierno de Aragón por el cobro de las costas judiciales (gastos que originan un proceso judicial a las partes implicadas). El titular de esta institución, Ángel Dolado, sugiere a la Dirección General de Servicios Jurídicos que aplique el catálogo de compensaciones establecido en el Turno de Oficio, ya que considera que «suponen un obstáculo a los ciudadanos a la hora de hacer valer sus derechos». La comunidad autónoma percibió el pasado año 254.841 euros, según datos del Departamento de Economía, Industria y Empleo de la DGA.

Un pronunciamiento que parte después de que el pasado mes de junio un oscense realizara una queja ante el Justiciazgo, después de ser condenado a pagar 1.800 euros tras serle desestimadas sus pretensiones frente a la Administración pública. Dicha cuantía cuenta con la minuta elaborada por la letrada de la comunidad autónoma, la cual se había acogido a los criterios del Colegio de Abogados de Zaragoza y no a los aprobados por el Turno de Oficio (servicio prestado por un abogado de oficio, defendiéndole ante un tribunal de justicia de forma gratuita para el ciudadano). Este ciudadano plantea el peligro de sufrir una condena en costas por un importe muy elevado puede funcionar como un estímulo de carácter negativo para los ciudadanos que entiendan que sus derechos se han visto vulnerados por una actuación de cualquier institución.

El Justicia señala que «no cabe cuestionar» que la financiación de los servicios públicos se puede llevar a cabo por otras vías, además de la habitual mediante los tributos, si bien «deben respetarse las previsiones constitucionalmente establecidas, de modo que no limiten de forma irracionable o discriminatoria el ejercicio de derechos fundamentales como pueda ser la falta de acceso a la jurisdicción, lo cual produciría una vulneración a un derecho fundamental como es la tutela judicial efectiva».

Reconoce que la posible condena en costas «no es una prohibición concreta», si bien considera que «no se puede obviar que son aspectos que el ciudadano valora a la hora de hacer valer sus derechos, lo que se conoce como efecto escalofrío o efecto inhibidor». En este sentido pone en valor que los ciudadanos accedan a la jurisdicción contencioso-administrativa «para supervisar a la Administración».

CARGA ECONÓMICA

Dolado señala que los letrados de la comunidad autónoma «no soportan la misma carga económica que sus homólogos privados al no tener gastos derivados del mantenimiento de un despacho, tributos o seguros, entre otras cuestiones; los cuales sí son tenidos en cuenta por los colegios profesionales a la hora de elaborar los criterios orientativos, por lo que «podríamos encontrarnos ante un enriquecimiento injusto» por parte del Gobierno de Aragón.

A ello añade que por parte de los colegios de abogados se carece de competencia alguna sobre la actividad profesional, incluida la corrección o no de sus minutas de honorarios. Tiene en cuenta que por parte del Gobierno de Aragón se ha procedido a tasar las diferentes actuaciones que los letrados pueden llevar a cabo frente a los tribunales dándoles el valor económico que estiman apropiado por la prestación de dicho servicio «no resulta congruente, que posteriormente dichas compensaciones no se las aplique a sus propios letrados».

El Justicia de Aragón suscribe un planteamiento del magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, José Ramón Chaves, para el caso de un ciudadano que aquejado de una enfermedad acude al hospital a hacerse una pruebas; y se pregunta: «¿El ciudadano hubiera actuado de igual manera si supera que en caso de no tener enfermedad alguna le iban a cobrar la totalidad de las pruebas? Seguramente no, hubiera esperado a que los síntomas fueran notables».

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