El Juzgado de lo Penal número 2 de Zaragoza ha condenado a una mujer que agredió a su ahora excuñada cuando iba a visitar a sus sobrinos ingresados en el hospital Materno-Infantil de la capital aragonesa. Los dos niños se encontraban bajo observación médica, después de que una expareja de la enjuiciada -que no guarda relación con la víctima de esta paliza- prendiera fuego la vivienda en la que estaba ella con los tres menores.

El magistrado Eduardo Marquina impone a Tamara V. T. seis meses de cárcel y el pago de 3.160 euros de indemnización a la agredida. Inicialmente, esta mujer defendida por la abogada Laura Vela se enfrentaba a dos años y medio de cárcel.

Los hechos por los que ha sido condenada se remontan al 23 de agosto del 2017 cuando la víctima, hermana del padre de los niños, entabló con la enjuiciada una discusión en el interior del centro sanitario. En el transcurso de la misma le dio un fuerte empujón que provocó que la mujer cayera al suelo, llegando a golpearse la cabeza contra el suelo. Como consecuencia de ello, la denunciante sufrió un traumatismo craneoencefálico, una fractura de clavícula y varios hematomas en las extremidades del cuerpo.

SEGUNDA DISCUSIÓN

Instantes después llegaron al hospital los hermanos de esta agredida, entre ellos el padre de los niños, produciéndose una segunda pelea en la que este hombre sufrió varias contusiones y una herida inciso-contusa en el párpado superior.

Una agresión que se imputaba a Jesús Manuel G. M., asistido por el letrado Alberto Peiró, si bien el magistrado considera que debe ser absuelto «porque hay dudas de quién inició la pelea».

El sentenciador señala que «poco aportan las manifestaciones de ambas partes entre las que hay mala relación, tal y como reconocieron todos, puesto que las versiones que dieron durante el juicio fueron claramente opuestas entre sí».

Es por ello que se basa en las declaraciones de personas que se encontraban en la sala de espera del hospital. Estas señalaron que cuando apareció la agredida, la otra mujer «la cogió de los pelos y la tiró al suelo no por un pequeño empujón sino por un golpe fuerte».

El magistrado considera que no es necesario aplicar una pena adicional de alejamiento e incomunicación «porque no constan nuevos incidentes y porque no se produjo en un encuentro buscado por Tamara V. T., sino tras acudir esta donde la acusada y sus hijos que estaban en el hospital». La sentencia no es firme y puede ser recurrida.