La Audiencia de Zaragoza ha condenado a cuatro años a dos responsables de la empresa mercantil Unión Verde, SL, así como a la propia entidad, por un delito contra la salud pública por venta de sustancias que causan grave daño a la salud. Ambos acusados regentaban una empresa, la única de Aragón, que producía cáñamo con fines, en principio, relacionados con la higiene personal, la alimentación y la medicina. La acusación sostenía que era una tapadera.

La Audiencia de Zaragoza ha condenado a Juan José López Molinay a Paul Bernardus Kooijenga por un delito contra la Salud Pública de sustancias que no causan grave daños a la salud en cantidad de notoria importancia, a la pena de cuatro años de prisión, así como a medio millón de euros de multa a cada uno. Asimismo, se condena a la mercantil Unión Verde SL como autora criminalmente responsable de un delito contra la Salud Pública de sustancias que no causan grave daños a la salud en cantidad de notoria importancia, a la pena de multa de un millón de euros.

Legal e ilegal

La sentencia reconoce que tanto la instalación fabril como el grano obtenido y la plantación de cannabis son legales, pero no así la forma de almacenar parte del producto. Así, mientras declara que 1.090 kilos de cannabis sativa en planta eran legales y cumplían los requerimientos de la legislación española y europea, señala que otros 390 kilos que se hallaban en cogollos son ilegales, refiriéndose a que fueron intervenidos en un falso techo existente en la vivienda existente en la fábrica, en noviembre del 2018. Su valor era de 456.000 euros aproximadamente.

"Es paradójico que un criterio como la forma de almacenamiento sirva para determinar si la sustancia es legal o ilegal, dado que tanto su cultivo como su elaboración y su contenido en THC no supera el 2%, que es el máximo legal", ha señalado José Cabrejas, abogado de todos los acusados, que ha anunciado que recurrirá la sentencia. "Acreditado que la plantación es legal, es claro que recurriré la sentencia", ha insistido.

Reducción de penas y multas

El THCD o tetrahidrocannabinol es la sustancia que, en función de su porcentaje, determina la legalidad o ilegalidad del producto, que en el caso citado, según Cabrejas, "tiene un uso exclusivamente industrial". "No puedo estar satisfecho", ha subrayado Cabrejas. "Es cierto que la multa ha bajado de 37 millones a un millón de euros y que la cárcel se ha reducido de los 48 años iniciales a cuatro, pero no estoy conforme con ninguna condena", ha añadido el letrado de la defensa, que aboga por la absolución de todos los acusados.

La sentencia absuelve a Albertus Cornelis Polm, Edward Jannsen, Floris Heijwegen, ángel Sánchez Lanas y Mihai Gabriel Istrate del mismo delito. Todos ellos se exponían inicialmente a 12 años de cárcel al ser acusados de producir droga para el mercado ilegal.