Desde este espacio los Gestores Administrativos contestamos a las cuestiones que nos traslades. Hoy hablamos del concepto de la campaña de la Renta que empieza en abril y de los casos de personas en ERTE donde habrá que poner especial atención.

PREGUNTA: Tengo entendido que el de abril comienza la campaña de la Renta. Soy uno de los muchos trabajadores en este país que está pasando la situación actual en ERTE y francamente no tengo idea de cómo eso le afecta a mi declaración. ¿Me podrían orientar? MARISA JIMÉNEZ (TERUEL)

Hola Marisa. Efectivamente, la campaña de la Renta comienza el día 7 de abril y finaliza el 30 de junio. Como todos sabemos la crisis sanitaria en nuestro país conllevó la aparición de los ERTE de todo tipo que siguen hasta la fecha actual de una manera u otra -de fuerza mayor con sus prórrogas, de limitación, de restricción, etc.- y que, desgraciadamente, van a acompañarnos durante un tiempo.

Ello supone que el ciudadano privado de su trabajo como consecuencia del cierre, la limitación o la restricción de horas de trabajo, suple sus ingresos para cubrir el resto de sus necesidades de subsistencia y manutención con el importe que cobre del SEPE al verse mermados sus ingresos del trabajo, al reducirse o anularse su jornada de trabajo.

En esta situación, y aquí entramos ya a tu pregunta directa, muchas de las personas que normalmente no tienen la obligación de presentar su declaración de la Renta, al no tener rendimientos de trabajo superiores a los 22.000€ brutos/año del trabajo si provienen de un único pagador, tendrán que presentarla si esos rendimientos superan los 14.000€ brutos/año si los percibe de más de 1 pagador. Si han estado en ERTE hay dos pagadores, y sobre todo obligatoriedad de presentar la declaración si se ha obtenido una cuantía superior a 1.500€/año del SEPE.

Además hay que tener en cuenta que por esos ingresos el SEPE, en la mayoría de los casos, no ha practicado retención alguna, lo que supone, como he explicado, la obligatoriedad de presentar la declaración de Renta, y en segundo lugar, muy posiblemente tener que pagar.

También hay que considerar la dificultad de obtención de los datos fiscales correctos. Siempre han sido orientativos, no definitivos, por lo que el contribuyente, especialmente este año, ha de comprobar la veracidad de los mismos y si detecta errores debe incorporar/eliminar los datos que falten.

Estos datos relacionan todos los rendimientos de cualquier naturaleza obtenidos del año 2020, y dentro de ellos, los derivados del trabajo, tanto de las empresas en las que hubieran prestado servicios como los procedentes del SEPE.

Actualmente ya se pueden obtener y aquí es dónde nos tenemos que preguntar sobre la fiabilidad de esos datos. Recordemos que durante estos doce meses el SEPE ha experimentado dificultades de todo tipo -la más reciente el conocido ciberataque- que han causado numerosos problemas y que podría dificultar la comprobación de los datos para declarar en renta. Hay trabajadores que han cobrado más prestación de la debida y, en cambio, hay otros que no han percibido lo que les corresponde.

La Agencia Tributaria ha comunicado que va a ir actualizando sus datos a lo largo de la campaña de Renta tal y como ella vaya recibiendo información actualizada del SEPE por lo que, nuestro consejo para todos los contribuyentes que no les cuadren los datos declarados por el SEPE con la prestación que realmente deberían haber percibido en el ano 2020 es esperar hasta final de plazo para ver si han sido corregidos y, de esta manera, evitarse tener que realizar declaraciones complementarias y posibles requerimientos de la Agencia Tributaria.