El Gobierno de Aragón ha aprobado este lunes la convocatoria ayudas a la solvencia empresarial covid-19 para empresas, pymes y autónomos impulsada por el Gobierno central, con una partida de más de 141 millones de euros. El Boletín Oficial de Aragón recoge hoy los requisitos y el procedimiento que deben seguir las empresas y autónomos para solicitar una de estas ayudas, que oscilarán entre los 3.000 y los 200.000 euros. El consejero de Hacienda del Gobierno de Aragón, Carlos Pérez Anadón, ha explicado que el criterio seguido por el Ejecutivo autonómico en esta convocatoria ha sido el de dotar de "la mayor flexibilidad posible" para que puedan acogerse a estas ayudas el mayor número de sectores, con la "vocación" de que la totalidad de los más de 141 millones de euros sea repartida entre los afectados.

La comunidad autónoma ha incluido a un total de 491 CNAEs (sectores de actividad económica), el 78% del total de actividades posibles planteadas por el Ejecutivo central (629), cuyo listado inicial incluía 95 sectores de actividad económica. Además, la DGA mantiene un 30% de pérdidas respecto a 2019 como mínimo para solicitar las ayudas. Con estos requisitos, Aragón es la cuarta comunidad autónoma que ha plantea unos criterios más amplios, según ha explicado el consejero Pérez Anadón. "Los sectores no incluidos son aquellos en los que tenemos certezas de que no se han producido mermas económicas por la pandemia", ha señalado el titular de Hacienda.

Por otro lado, sí quedan excluidas de estas ayudas aquellas empresas o autónomos que hubieran registrado pérdidas ya en 2019, puesto que la finalidad de estas subvenciones es reflotar, específicamente, a las que se han visto perjudicadas por los efectos colaterales del covid-19. "Habrá otros mecanismos para poder ayudar a esas empresas que ya tuvieron pérdidas en 2019", ha añadido Pérez Anadón.

Del 19 de julio al 10 de septiembre: el plazo de solicitud

Los autónomos y pymes que quieran solicitar estas ayudas valoradas en 141,3 millones de euros podrán hacerlo del 19 de julio al 10 de septiembre. La fórmula para otorgar estas ayudas será por el procedimiento simplificado de concurrencia competitiva y la subvención se concederá a todos los que cumplan los requisitos.

La solicitud de las ayudas será telemática, aunque se habilitará un número de teléfono para asesorar a los solicitantes que tengas dudas. Los interesados en estas ayudas deberán acreditar que la actividad que realizan está incluida en una de las 491 actividades incluidas por el Gobierno de Aragón para poder solicitarlas, así como que el volumen anual de sus operaciones declarado en 2020 fue al menos un 30% inferior al declarado en 2019. Asimismo, no podrán haber declarado en 2019 en el impuesto de la renta un resultado neto negativo en las actividades económicas donde se hubiera aplicado el método de estimación directa.

Además, para poder recibir estas ayudas los solicitantes no deberán estar condenados para no poder obtener subvenciones y deberán estar al corriente de pago de impuestos y de Seguridad Social. Tampoco podrán acogerse a estas ayudas los que hayan declarado concurso voluntario o que residan en paraísos fiscales.

Hasta el 19 de julio y a partir de hoy, el Gobierno de Aragón ha establecido un plazo transitorio para que los interesados se aseguren de cumplir con los requisitos de la convocatoria, ya que una vez que se presente la solicitud no cabe la subsanación de las condiciones de elegibilidad, más allá de la aportación de la documentación que sea requerida.

Los primeros pagos, para el Pilar

El consejero de Hacienda recurrió al conocido refrán de que "para el Pilar sale lo mejor" para manifestar que, previsiblemente, a mediados de octubre, los beneficiarios podrán empezar a recibir estas ayudas.

Las ayudas tienen un carácter finalista, recordó el consejero, por lo que los pagos deben destinarse a pagar a proveedores y a otros acreedores financieros y no financieros. Los pagos, señala la convocatoria, deberán realizarse en el plazo de un mes a través de entidades financieras.

El Gobierno de Aragón tendrá un plazo de 2 años para realizar las comprobaciones sobre la justificación de las ayudas, y los beneficiarios deberán mantener la actividad afectada hasta el 30 de junio de 2022. Además, se deben comprometer a no repartir dividendos en 2021 y 2022 y a no incrementar los salarios de los directivos en este tiempo. El incumplimiento de estos requisitos supondrá la obligación de devolver las ayudas y los intereses devengados.

¿Qué sectores pueden optar a las ayudas?

El listado completo con los 491 sectores de actividad económica que pueden optar a estas ayudas puede consultarse en el decreto publicado este lunes en el Boletín Oficial de Aragón. Entre otros, incluye actividades de todo los sectores (explotaciones de ganado, avicultura, ganadería, agricultura, pesca, extracción de minerales, procesado y conservación de carne y pescado; elaboración de zumos; procesado de frutas y hortalizas; fabricación de aceites, quesos y leche; fabricación de productos de panadería y dulces; alimentación para granjas; fabricación de bebidas alcohólicas; confección textil; artículos de marroquinería; fabricación de calzado; fabricación de envases de madera; fabricación de papel y cartón; actividades de impresión; fabricación de artículos de cerámica; fabricación de elementos de construcción; reparación y mantenimiento aeronáutico; recogida de residuos; construcción; fontanería; carpintería; comercio al por mayor de flores y plantas; comercio al por mayor de cereales, textil; comercio al por menor de frutas y hortalizas; de artículos deportivos; productos textiles; transporte de mercancías por carretera; alojamientos turísticos; hoteles; campings; restaurantes; edición de libros; etc.