Como toda cantidad que se recibe del sector público o privado, los beneficiarios de los bonos turísticos que ha lanzado el Gobierno de Aragón deberán incluir la cuantía de la subvención en la declaración de la Renta de 2021, que tocará presentar el próximo año. A efectos fiscales, el importe de la ayuda se considera un incremento patrimonial, que tributa en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Aunque son muchos los que no se han percatado de este obligación tributaria, la web habilitada por el Ejecutivo autonómico así lo especifica en la información detallada sobre las condiciones de los descuentos, que cubren el 40% del coste de un viaje que se haga por la comunidad con un límite máximo de 300 euros. Ocurre lo mismo cuando se reciben premios, ayudas públicas como el plan Renove o subsidios por desempleo. Al ser un monto inferior a 300 euros, el bono no conlleva una retención en el momento en el que se recibe, por lo que la ayuda se percibirán euros de manera íntegra.

No obstante, solo deberán tributar por este concepto aquellas personas que estén obligadas a presentar la declaración de la Renta por superar los umbrales y límites fijados por Hacienda. Otra de las condiciones para que se conceda la subvención es encontrarse al día con la hacienda pública y la Seguridad Social.