Podemos hacer muy poco, pero es muy importante que lo hagamos, frase que se atribuye a esa gran alma, Gandhi. Desde el postureo de las redes sociales, amadas y odiadas, amables y odiables, no encontraba yo razones para cambiar desde más que meses años, la foto de mi perfil del #NiUnaMenos, igualmente motivado por la lucha contra la destilación de odio que produce la indigestión de frustración de los malos.

Pero al escuchar el sedicente hecho de los diez encapuchados, sin mucho aspaviento, cambié mi perfil por la visión de mi veterana chapa de #StopOdio.

Cero arrepentimientos con posterioridad al conocer el engaño en ese caso concreto, debate estéril y sólo para carroñeros. Ni la excepción es la regla ni la regla es excepcional.

El puñetero odio solo es eso, es rencor, es mala hostia, consiste en que «es mi balón, son mis reglas»; en que te arreo porque puedo; tanto se refleja en la violencia machista como en los denominados «delitos de odio», término genérico con el que los juristas englobamos aquellas graves infracciones penales que se causan a víctimas escogidas a tal fin por sus características diferenciales de la regla habitual.

Muchos entendemos que una sociedad es tan fuerte como fuerte sea el sustento que procura a sus minorías, y que cuando los malos acaben con el anterior grupo minoritario, seguirán contra el siguiente, sólo porque pueden hacerlo, si la verdadera mayoría, compuesta como estamos de todas esas minorías, no se lo sabemos impedir mediante la imposición de normas jurídicas transversales que protejan especialmente la igualdad y la no discriminación, no hay otra vía.

Constitución en negativo

El código penal español es nuestra «constitución en negativo», pues defiende los derechos proclamados en aquella, y sin tener una regulación por separado de los delitos de odio, los castiga mediante una construcción conceptual regulada en varios artículos que se fueron introduciendo paulatinamente por vía y conducto de la aplicación de directivas comunitarias en cuya implementación ha colaborado la sociedad civil y en concreto Movimiento contra la Intolerancia y su presidente Esteban Ibarra, colaborando en sus redacciones para adaptarlas a la realidad social actual.

A estos artículos desparramados por el código, cuya enumeración os ahorro, se añade una concreta agravante genérica que se va adaptando paulatinamente a lo largo del tiempo, a golpe de telediario, y por la necesidad de adaptar los preceptos y abarcar campos de protección de víctimas como la aporofobia, cuya inclusión en el mismo no tuvo lugar sino hasta el pasado mes de junio, con dicha grafía, «aporofobia o exclusión social».

El término, acuñado en su día por la filósofa Adela Cortina y que se ha consolidado por su espontaneidad e idoneidad, nos sirve en este caso para entender un aumento en el desvalor de la acción punible que se dirige contra una persona sin hogar o indigente, por el hecho de serlo y ha merecido finalmente su inclusión en el código punitivo.

Las reglas están para adaptarse, y aunque se agradece en este caso su inclusión, las normas en general tienen su margen de aplicación judicial y tantas veces es más necesaria la implicación de los operadores jurídicos, con suficiente formación para determinados temas, que la propia implementación normativa, que de un modo u otro, si hay voluntad, se salva.

Es lógico que la legislación vaya un paso detrás de la sociedad porque se adapta a la misma y a los valores de convivencia que nos queremos autoimponer.

En un asunto anterior sucedido en Daroca en que llegamos a un acuerdo con la acusación, la agravante se aceptó por el tribunal como «discriminación por razón social» a solicitud de este defensor.

Muchos delitos de odio que no se ven ni se saben, conforman una cifra oscura que planea como bandada de negros buitres sobre nuestra convivencia.

Hemos sabido de agresiones en cajeros automáticos a personas sin techo, de burlas retrógradas y crueles contra mendigos por parte de hooligans con ocasión de sus desplazamientos, y de agresiones a personas sin hogar en general, que también se han producido en Aragón, como decimos.

Según M.C.I., conocemos solo aproximadamente un 12% de este tipo de agresiones.

Si, como yo, eres filatélico, guárdate la espalda: un día, cuando terminen con otras minorías, vendrán contra nosotros. ¿Tendremos que seguir disimulando y aguantando? ¿Habremos de vivir una vida como no la queremos vivir? No. ¡Hay que pararlos antes!

- Oiga, señor letrado, yo creo que igual tiene razón, pero si es filatélico, a ver si se hace algún corte y la fastidiamos.

- No se preocupe: ¡Ande, tire, tire! Que sí que me corto, pero no en ese sentido.

Derecho a la felicidad

Todas y todos, con orgullo, deberíamos tener el derecho a ser felices, luchemos por conseguirlo con nuestras normas, en positivo con las leyes de derechos, y en negativo con las de restricciones de los mismos en atención a la convivencia, para reclamar el derecho a que nadie te juzgue, solo los jueces en determinados casos y con el principio de intervención mínima, mientras tú igualmente respetes a los demás.

Defenderé igualmente el derecho a opinar de quienes destilan odio y se aúpan en sus pretendidos privilegios, para atacar siempre a los más débiles, aquellos a quienes estamos destinados a defender quienes no desde cualquier posición, sino desde la nuestra, de cada uno en cada momento en concreto, queramos dejar como herencia una sociedad mejor a nuestras hijas.

Para ellas queremos una sociedad tolerante, sin odio, con convivencia, con valores de igualdad entendidos desde la educación en la infancia, sin dogmatismos, con alegría de vivir, en paz, seguridad y convivencia, porque todos somos diferentes, pero todos tenemos los mismos derechos, y eso hace de la vida, que es tan corta, algo apasionante y divertido.

¿Trabajamos juntos por forzarlo?

* Autor: Javier Alcober Pérez, abogado, miembro del observatorio de derechos humanos de aragón y del seminario de investigación para la paz