Los contratos temporales inferiores a 30 días tendrán una cotización a la Seguridad Social adicional de 26 euros cada vez que se den de baja en aras de desincentivar el uso de contratos de muy corta duración.

Según la información facilitada por el Gobierno, esta medida, que se incluye en la reforma laboral aprobada este martes, supone establecer un malus de importe fijo por cada baja en un contrato temporal de menos de un mes, por lo que será «creciente» frente a la actual penalización lineal.

Cuantos más contratos cortos, mayor es el desincentivo, explica la nota del Gobierno, que explica que con un contrato corto de 10 días la penalización sería de 26 euros, mientras que si el mismo tiempo de trabajo se cubriera con dos contratos de cinco días sería de 52 euros.

Quedan fuera de esta penalización los regímenes especiales de trabajadores por cuenta ajena agrarios, de empleados de hogar, de la minería del carbón y los contratos por sustitución. Frente una tasa de temporalidad general del 26,1% en 2019, la de la agricultura era del 55,9%.

La "trampa del viernes"

Una de las realidades que busca eliminar este punto de la reforma laboral es la trampa del viernes: la sucesión de contratos temporales a los que se ven abocados miles de trabajadores, que son víctima de la «trampa del viernes»: firman un contrato el lunes y se prescinde de sus servicios cuatro días después, para ser recontratados de nuevo a la vuelta del fin de semana.

En estos momentos ya existe un castigo para la contratación de plazo corto, un recargo del 40% en las contingencias comunes que pagan los empresarios al hacer un contrato de cinco días o menos, pero al ser relaciones laborales que duran tan poco y como están, en general, mal pagadas, el recargo es muy pequeño.

Cada mes, alrededor del 25% de los contratos que se firman en España no llega a la semana de duración, mientras que por otro lado los que no alcanzan el mes representan alrededor del 40%.