El Periódico de Aragón

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TRANSPORTE SANITARIO URGENTE EN ARAGÓN

El Tribunal de Contratos inadmite los recursos de cuatro ayuntamientos a los pliegos del transporte sanitario

Inadmite los presentados por Maella, Aranda de Moncayo, Brea e Illueca. La suspensión del contrato continúa porque quedan recursos en vigor

Protesta del sector del transporte sanitario ante el Salud, en una imagen de archivo. SERVICIO ESPECIAL

El Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón (TACPA) ha inadmitido los recursos especiales interpuestos por los ayuntamientos de Maella, Aranda de Moncayo, Brea de Aragón e Illueca frente a los nuevos pliegos del transporte sanitario urgente en Aragón.

En un auto firmado el 30 de junio, se señala que siguen su curso el resto de recursos presentados, por lo que el acuerdo del TACPA no supone que se levante la suspensión de los pliegos del nuevo y polémico contrato del transporte sanitario en Aragón. No lo harán hasta que se inadmitan o resuelvan los recursos pendientes.

El acuerdo del tribunal, al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO, señala también que se deben remitir los recursos al Servicio Aragonés de Salud para que proceda, en su caso, a su tramitación como recurso administrativo. Contra este acuerdo, que es definitivo por la vía administrativa, solo cabe la interposición de un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses.

El Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón (TACPA) suspendió el pasado 21 de junio con carácter cautelar el procedimiento de licitación de los nuevos pliegos del servicio de ambulancias por parte del Servicio Aragonés de Salud tras los ocho recursos presentados por cuatro ayuntamientos de la comunidad autónoma (todos liderados por alcaldes del PP, recursos que ahora han sido inadmitidos), dos empresas y dos sindicatos (que siguen en pie).

Fuera de su competencia

El tribunal decidió resolver los cuatro recursos de los ayuntamientos en un único procedimiento por la "íntima conexión" entre sus contenidos.

La inadmisión del recurso se basa en que los alcaldes estarían impugnando un acto que "no emana de la propia administración en la que desempeñan sus cargos", sino que "la competencia sobre el contrato corresponde al Gobierno de Aragón".

Aunque los ayuntamientos, señala el auto, "estarán afectados por la nueva prestación del servicio", "no tienen un interés concreto vinculado al procedimiento de adjudicación del contrato que se licita".

El contrato a licitar, señala el tribunal, "se encuentra fuera de su esfera competencial". Así, el TACPA no ha analizado los motivos de fondo de dichos recursos. 

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